Resolución N° 248/18/0111
Nro de Expediente:
2018-0011-98-000130
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/12/2018


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), a la Sra. Felicia Vargas, C.I. 812.574-9

Montevideo, 17 de Diciembre de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza y cerco del predio empadronado con el No. 40.565, sito en Cnel. Bolognese No. 221, del cual es responsable la Sra. Felicia Vargas, C.I. 812.574-9, con igual domicilio a efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Centro Comunal Zonal No.14, se constató la falta de limpieza del predio de referencia, intimando a la titular de obrados a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, corresponde la aplicación de una multa de U.R. 2, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 4, Literal B, Numeral 1, Sección III del Decreto No.21626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 2 (unidades reajustables dos), a la Sra. Felicia Vargas, C.I. 812.574-9, responsable del padrón No. 40.565, sito en Cnel. Bolognese No. 221, por las razones mencionadas en la parte expositiva de a presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 a efectos de notificar a la infractora.-
Nelson Moreira,Alcalde (I) - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A