Resolución N° 223/15/0111
Nro de Expediente:
0011-003213-15
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/8/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Levantar las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas y reiterar el gasto

Montevideo, 21 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 174/15/0111 del 22 de Junio de 2015 se dispuso contratar a la Cooperativa "Sol a Sol" para prestar servicios de barrido y descordonado en el territorio del Centro Comunal Zonal No. 17;
        RESULTANDO: 1o.) que el Tribunal de Cuentas entiende que el gasto de $2.583.444.oo (pesos uruguayos dos millones quinientos ochenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con cero centésimos) es observable por contravenir lo dispuesto por el Inc B, Art. 211° de la Constitución de la República (principio de ejecución);
        CONSIDERANDO:1o.) que el Gobierno Municipal, entiende necesario levantar la observación;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Levantar las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas y reiterar el gasto que fuera observado, al amparo de lo previsto por el Inc B, Art. 211° de la Constitución de la República (principio de ejecución), a la Resolución No. 174/15/0111 del 22/VI/2015.-
        2.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros y pase a la Contaduría General.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A