Resolución N° 110/14/0111
Nro de Expediente:
3360-001677-11
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/5/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), Sra. Adelfa Yenaro, C.I. 658.770-7, propietaria de la vivienda sita en General Hornos No.5240, padrón No.107478, con domicilio a efectos legales en la calle Regimiento 9 No.1841

Montevideo, 27 de Mayo de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta erradicación de un foco insalubre, y falta de cerco reglamentario, de la finca sita en la calle General Hornos No.5240, padrón No.107478, del cual es propietaria la Sra. Adelfa Yenaro, C.I. 658.770-7, con domiciliado a los efectos legales en la calle Regimiento 9 No.1841;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Numero 14, se constató que dicha vivienda presentaba falta de higiene y cerco reglamentario;
        2o.) que se intimó al Sr. Adelfa Yenaro a realizar los trabajos necesarios en la finca a fin de subsanar la situación;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 25 y otra de U.R. 4, a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 4º, literal C; y el artículo 3º, numeral 7, del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), Sra. Adelfa Yenaro, C.I. 658.770-7, propietaria de la vivienda sita en General Hornos No.5240, padrón No.107478, con domicilio a efectos legales en la calle Regimiento 9 No.1841, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A