Resolución N° 245/15/0111
Nro de Expediente:
3360-008216-14
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/9/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a la empresa WINDICAR S.A, R.U.T. 21 617841 0011, propietaria del inmueble sito en Camino Castro No.447, padrón No. 102793

Montevideo, 11 de Setiembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la obstrucción del pasaje de aguas, en la vereda frente a Camino Castro No.447 esquina Camino Carlos María de Pena, padrón No.102793, del cual es propietaria la empresa WINDICAR S.A., R.U.T. 21 617841 0011, con domicilio a efectos legales en Wilson Ferreira Aldunate No.674, Canelones;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, se comprobó que las veredas frentistas al predio de referencia presentaba bajadas vehiculares antirreglamentarias, lo que provocaba estancamiento de aguas, por este motivo se intimó a la empresa mencionada a realizar las tareas tendientes a solucionar la situación, bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 4, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3º, Numeral 10, Sección II, del Decreto 21626 del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO:1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a la empresa WINDICAR S.A, R.U.T. 21 617841 0011, propietaria del inmueble sito en Camino Castro No.447, padrón No. 102793, con domicilio a efectos legales en la calle Wilson Ferreira Aldunate No. 674, Canelones, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A