Resolución N° 115/21/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-001448
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/7/2021


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la Firma GUARECE S.R.L., R.U.T. 217576100010, con domicilio a los efectos legales en Av. Luis Alberto de Herrera Nº1279, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 10 de Julio de 2021.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el local destinado a estacionamiento, sito enla Avenida Luis A. de Herrera 1279, propiedad de la Firma GUARECE S.R.L., R.U.T. 217576100010, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nro. 39/20/0114 de fecha 19/II/2020), habiéndose realizado una nueva intimación con fecha 05/IV/2021 otorgando 30 (treinta) días para la presentación de la habilitación solicitada, no se ha procedido a presentar la documentación que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos), por lo que se le da de baja también a la Habilitación de Locales Comerciales;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 15 (primera reincidencia) por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84, habiéndose notificado con fecha 27/V/2021;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la Firma GUARECE S.R.L., R.U.T. 217576100010, con domicilio a los efectos legales en Av. Luis Alberto de Herrera Nº1279, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal