Resolución N° 164/24/0114
Nro de Expediente:
2016-3250-98-000585
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/7/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) -primera reincidencia- la Firma FIORDELMONDO MARTINEZ FERNANDO RAUL, CI.: 2.513.097-7, R.U.T. 216063460016; responsable del local comercial destinado a cerrajería sito en la calle Gral. Urquiza Nro. 2800, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 15 de Julio de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del local comercial destinado a cerrajería sito en la calle Gral. Urquiza Nro. 2800, perteneciente a la Firma FIORDELMONDO MARTINEZ FERNANDO RAUL, CI.: 2.513.097-7, R.U.T. 216063460016;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nro. 311/23/0114 de fecha 04/XI/2023), habiéndose realizado una nueva intimación con fecha 16/III/2024, se pudo comprobar que carecía de la habilitacion municipal (Microempresa) y Dirección Nacional de Bomberos otorgándose veinte (20) días para la presentación de los trámites en dicho servicio;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado el día 15/VI/2024 se notifica la aplicación de una multa de U.R. 5 (primera reincidencia), por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE: 1.-Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) -primera reincidencia- la Firma FIORDELMONDO MARTINEZ FERNANDO RAUL, CI.: 2.513.097-7, R.U.T. 216063460016; responsable del local comercial destinado a cerrajería sito en la calle Gral. Urquiza Nro. 2800, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4.-
Álvaro Maynard,Alcalde.-

Stella Cerviño,Concejala