Resolución N° 169/24/0114 | Nro de Expediente:
2023-3260-98-000272 |
MUNICIPIO CH - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
16/7/2024 |
Tema:
MULTA DIRECTA
Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) a la la firma Brillatis S.A., R.U.T. 219030140017, sita en la Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera Nro. 964 por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
Montevideo, 16 de Julio de 2024.- |
VISTO: las actuaciones relacionadas con la situación de denuncia de irregularidades y prejuicios provocados por pasaje peatonal sita en la Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera Nro. 964 donde se realiza obra responsabilidad de la firma Brillatis S.A., R.U.T. 219030140017,;
RESULTANDO: 1o.) que en la intimación realizada por el equipo inspectivo del Servicio C.C.Z Nro. 5 con fecha 01/VI/2024, habiéndose constatado que el pasaje peatonal no se ajusta a la normativa vigente, se intima a los titulares a ajustarse a la normativa de reglamentación de barreras en la vía pública;
2o.) que en una nueva inspección realizada con fecha 09/VII/2024, se constata que la situación permanece incambiada y que no efectuaron el trámite correspondiente de solicitud de barrera en el Servicio C.C.Z Nro. 5, por lo que se solicita la aplicación de una multa de U.R. 30, al responsable de las obras, por infracción a lo dispuesto según Decreto 21.626 Secc. II Art. 3 Lit. b, notificando de la aplicación de la misma el día 07/VI/2024;
CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO MUNICIPAL CHRESUELVE:
1.-Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) a la firma Brillatis S.A., R.U.T. 219030140017, sita en la Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera Nro. 964 por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio C.C.Z Nro. 5 para continuar con los controles.-
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Álvaro Maynard,Alcalde.-
Stella Cerviño,Concejala | |
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