Resolución N° 102/24/0114
Nro de Expediente:
2019-3260-98-000221
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/5/2024


Tema:
VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) al Sr. Daniel Ignacio ÁLVAREZ BOLÓN, CI.: 1.072.607-4; padrón Nro. 131.197, ubicado en la calle Pedro Bustamante Nro. 1476.-

Montevideo, 2 de Mayo de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el mal estado de la vereda ubicada en la calle Pedro Bustamante Nro. 1476, padrón Nro. 131.197, perteneciente al Sr. Daniel Ignacio ÁLVAREZ BOLÓN, CI.: 1.072.607-4;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 intimó en reiteradas ocasiones al responsable a reparar la vereda de su predio, bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que en inspección técnica de fecha 15/III/2024 se pudo constatar que la situación permanece incambiada;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 7 por infracción a lo dispuesto DECRETO 21.626, Sec. II. Art. 3º.- EDIFICACIÓN y URBANISMO, 17.Veredas. Falta de veredas o de conservación y Capítulo V de las sanciones Art.D.2213, por incumplimiento a reparación de la vereda, notificado con fecha 23/III/2024;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) al Sr. Daniel Ignacio ÁLVAREZ BOLÓN, CI.: 1.072.607-4; padrón Nro. 131.197, ubicado en la calle Pedro Bustamante Nro. 1476, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antia,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal