Resolución N° 208/18/0114
Nro de Expediente:
2017-3260-98-000819
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/8/2018


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a leñería, sito en la calle Pablo Galarza Nro. 3585, perteneciente a la Firma BENTANCOR SOSA, OLGA ELIZABETH, CI.: 2.704.174-2, R.U.T. 214491180015.-

Montevideo, 18 de Agosto de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a leñería, sito en la calle Pablo Galarza Nro. 3585, perteneciente a la Firma BENTANCOR SOSA, OLGA ELIZABETH, CI.: 2.704.174-2, R.U.T. 214491180015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese al plazo concedido, no se ha presentado la viabilidad de uso solicitada con fecha 07/XI/2017, otorgándose 15 (quince) días para la presentación de la misma;
        2o.) que el día 28/XI/2017, el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de la habilitación correspondiente, no obstante las gestiones realizadas (intimaciones)
        3o.) que el Gobierno Municipal reunido en su sesión de fecha 01/VIII/2018 solicita redactar la resolución de clausura;
        CONSIDERANDO: 1o.) que al día de la fecha no se han presentado las habilitaciones solicitadas;
        2o.) que por Resolución N° 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a leñería, sito en la calle Pablo Galarza Nro. 3585, perteneciente a la Firma BENTANCOR SOSA, OLGA ELIZABETH, CI.: 2.704.174-2, R.U.T. 214491180015, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 y pase al Departamento Secretaría General a sus efectos.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal