Resolución N° 166/24/0114
Nro de Expediente:
2023-3260-98-000491
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/7/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) - 1era. Reincidencia- a la firma JIL S.R.L., R.U.T. 219061890018, responsable del local destinado a gimnasio, sito en la calle José Martí Nro. 3439

Montevideo, 16 de Julio de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a gimnasio, sito en la calle José Martí Nro. 3439 propiedad de la firma JIL S.R.L., R.U.T. 219061890018;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y la multa aplicada (Resolución Nro. 369/23/0114 de fecha 26/XII/2024) el sector inspectivo del Servicio C.C.Z. Nro. 5 con fecha 30/V/2024 pudo comprobar que carecía de la habilitación municipal (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Locales Comerciales) y de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio en un plazo de 15 (quince) días los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se notifica que se aplicará una multa de U.R. 10 (1era. reincidencia), por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84, notificándose con fecha 22/VI/2024 ;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) - 1era. Reincidencia- a la firma JIL S.R.L., R.U.T. 219061890018, responsable del local destinado a gimnasio, sito en la calle José Martí Nro. 3439, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Álvaro Maynard,Alcalde.-

Stella Cerviño,Concejala