Resolución N° 162/22/0114
Nro de Expediente:
2021-5231-98-002253
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/10/2022


Tema:
MULTA DIRECTA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10.5 (Unidades Reajustables diez con cinco) a los copropietarios del padrón Nro. 30.085 sito en la calle José Benito Lamas Nro. 2731-2733 y Quebracho Nro. 2730

Montevideo, 4 de Octubre de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con los elementos empotrados en la vereda (cadenas y maceteros), sito en la calle José Benito Lamas Nro. 2731-2733 y Quebracho Nro. 2730, Padrón Nro. 30.085;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la multa aplicada (Resolución Nro. 57/22/0114 de fecha 28/IV/2022), habiéndose realizado por parte del Servicio C.C.Z. Nro. 5 una nueva inspección el día 04/VIII/2022 constató que la situación permanece incambiada;
        2o.) que ante el incumplimiento, se informa que la sanción que corresponde aplicar es de U.R. 10.5 (1er. reincidencia) según lo establecido en el Decreto 21.626, Art. III - Edificación y urbanismo - 17 (Veredas), notificado con fecha 10/IX/2022;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 10.5 (Unidades Reajustables diez con cinco) a los copropietarios del padrón Nro. 30.085 sito en la calle José Benito Lamas Nro. 2731-2733 y Quebracho Nro. 2730,
      los que a continuación se detallan:
        UNIDAD 001
        LETICIA GOÑI FRAQUELLI CI: 4.558.740-7
        FLORENCIA MANFREDI JARDI CI: 4.231.310-2
        UNIDAD 002
        MARIA ELIDA DE LEON SICCO CI: 5.019.305-1
        UNIDAD 101
        PERLA CARINA SENES CI: 6.240.749-8
        JAVIER ANTONIO SUAREZ SABUGAL CI: 6.240.748-2
      por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal