Resolución N° 171/24/0115
Nro de Expediente:
2024-3320-98-000086
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/10/2024


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 1 U.R (una unidad reajustable) al Sr Horacio Ramón Álvarez Peralta, c.i 2.954.328-1, con domicilio en el Cno. Domingo Arena Nº 4491, propietario del predio sito en el Cno. Domingo Arena Nº 4569, padrón Nº 89853, entre las calles Luis E Azarola Gil y Horacio Arredondo, por no realizar la limpieza total y permanente del predio sito en el Cno. Domingo Arena Nº 4491.-

Montevideo, 3 de Octubre de 2024.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con la denuncia de falta de limpieza y mantenimiento en el predio sito en el Cno. Domingo Arena Nº 4569, padrón Nº 89853, entre las calles Luis E Azarola Gil y Horacio Arredondo, propiedad del Sr Horacio Ramón Álvarez Peralta, c.i 2.954.328-1, domiciliado en el Cno. Domingo Arena Nº 4491;
        RESULTANDO: que el propietario fue intimado por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 a realizar limpieza total y permanente del predio, sin que se haya cumplido con lo solicitado y ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de 1 U.R., según lo que establece el Art. 4, Literal b, numeral 19, Sección III, del Decreto Nº 21.626, del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R (una unidad reajustable) al Sr Horacio Ramón Álvarez Peralta, c.i 2.954.328-1, con domicilio en el Cno. Domingo Arena Nº 4491, propietario del predio sito en el Cno. Domingo Arena Nº 4569, padrón Nº 89853, entre las calles Luis E Azarola Gil y Horacio Arredondo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
CARLOS RODRÍGUEZ,Alcalde (I).-

DIEGO RODRÍGUEZ,Concejal Municipal