Resolución N° 39/14/0115
Nro de Expediente:
3320-000804-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/2/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de 19,7880 U.R. al Sr. Julio Cesar Millán, C.I. Nº 1.014.014-3, R.U.T. 21 373520 0011, propietario del establecimiento destinado a carpintería, sito en la Avda. Don Pedro De Mendoza Nº 7495, por falta de habilitación municipal.-

Montevideo, 26 de Febrero de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a carpintería, sito en la Avda. Don Pedro De Mendoza Nº 7495, propiedad del Sr. Julio Cesar Millán, C.I. Nº 1.014.014-3, R.U.T. 21 373520 0011;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no se ha procedido a presentar las habilitaciones de los Servicios de Locales Industriales y Comerciales de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 informa que no habiendo cumplido con lo intimado sugiere la aplicación de una multa de 19,7880 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII y los Arts. 21º y 22º del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 19,7880 U.R. (diecinueve unidades reajustables con siete mil ochocientos ochenta diezmilésimas) al Sr. Julio Cesar Millán, C.I. Nº 1.014.014-3, R.U.T. 21 373520 0011, propietario del establecimiento destinado a carpintería, sito en la Avda. Don Pedro De Mendoza Nº 7495, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

RICHARD MARTINEZ,Concejal Municipal (I)