Resolución N° 106/13/0115
Nro de Expediente:
3270-016209-08
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/10/2013


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 8,1623 U.R. a TATA S.A., R.U.T. 21 000327 0017, por no respetar la distancia que debe existir de 1mt. 20 entre los macetones, colocados en la vereda de la Avda. 8 de Octubre Nºs. 3723/25.-

Montevideo, 9 de Octubre de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la colocación por parte de TATA S.A., R.U.T. 21 000327 0017, de macetones en la vereda de la Avda. 8 de Octubre Nºs. 3723/25;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 11, informa que: a) TATA S.A. coloco en la precitada dirección la cantidad de 9 macetones; b) desde el año 2008 se intimó a la precitada empresa a retirar cuatro macetones, teniendo en cuenta que la distancia entre cada uno de ellos debe ser de 1mt.20, y que el tamaño de los mismos es mas grande que el que se utiliza y c) la empresa procedió al retiro de los macetones, pero no respeto la distancia que debe existir entre los mismos, para así logar una mejor estética de la Avda. 8 de Octubre;
        2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de 8,1623 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 11 del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 8,1623 U.R. (ocho unidades reajustables con mil seiscientas veintitrés diezmilésimas) a TATA S.A., R.U.T. 21 000327 0017, por no respetar la distancia que debe existir de 1mt. 20 entre los macetones, colocados en la vereda de la Avda. 8 de Octubre Nºs. 3723/25, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

CAROLINA MURPHY,Concejal Municipal