Resolución N° 102/25/0115
Nro de Expediente:
2024-3330-98-000731
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/7/2025


Tema:
VARIOS

Resumen:
Autorizar con carácter precario y revocable a la firma Viera Baptista Claudio Adrian, c.i 4.807.401-3, RUT 21 883810 0010, a instalar mesas y sillas sin entarimado, ocupando 35 metros cuadrados de acera frentista al establecimiento sito en Avda Dámaso Antonio Larrañaga Nº 4064, padrón Nº 190313, destinado a local gastronómico.-

Montevideo, 2 de Julio de 2025.-
 
        VISTO::las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización para la instalación de mesas y sillas en la vía pública;
        RESULTANDO: 1º) que la firma Viera Baptista Claudio Adrian, c.i 4.807.401-3, RUT 21 883810 0010 propietario del establecimiento que giraen el ramo de gastronomía en el local de la Avda Dámaso Antonio Larrañaga Nº 4064, padrón Nº 190313, presentó solicitud ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para que se la autorice a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 35 metros cuadrados;
        2º) que, según informa el mencionado Servicio, la nombrada debería pagar mes a mes, como contraprestación, el importe de U.R. 17.5 (Unidades Reajustables diescisiete con cinco centésimos);
        3º) que la autorización de mesas y sillas está condicionada a: a) la presentación en un plazo de 15 (quince) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 2; b) al cumplimiento de lo dispuesto por Res. IM 19/20 art. 1º de 09.01.2020, los horarios de uso definidos de Abril a Octubre: Domingos a Jueves hasta la hora 24, Viernes, Sábados y vísperas deferiados no laborables hasta la 1:30 de la madrugada siguiente; de Noviembre a Marzo: Domingos a Jueves hasta la hora 1 de la madrugada siguiente, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta las 2:30 de la madrugada siguiente y c) el no respeto de estas áreas y horarios ameritará la aplicación de las sanciones previstas y la posible revocación de estepermiso. (Durante el período comprendido entre los meses de mayo y octubre, el monto a abonar será disminuido en un porcentaje del 50%. según norma);
        CONSIDERANDO: 1º) que la petición se ajusta a las previsiones del Tít. I, Cap. II, Secc. VII -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS, SILLAS Y BANCOS EN LAS ACERAS”- del Lº X, Parte Legislativa, del Vol. X del Digesto Departamental, y del Capítulo IX -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS”- del Tít. III desu Parte Reglamentaria;
        2º) que la suma relacionada en el Resultando 2º es correcta, estableciendo el art. R.1288.43, lit. a), del cit. Vol. X del Digesto Departamental, y el art. 332, lit. a), del TOTID, que por la instalaciónde mesas y sillas en la acera sin entarimado se abonará mensualmente el importe de U.R. 0.50 por metro cuadrado;
        3º) que se estima conveniente disponer que el pago de los derechos se haga efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
        4º) que el Gobierno Municipal ha prestado su conformidad al progreso de la petición en examen;
        5º) que los GobiernosMunicipales se encuentran provistos de competencia para decidir solicitudes como la de autos, de acuerdo con la Ley Nº 18.567 y los Decretos Departamentales Nos. 33.209 y 33.322 y, especialmente, el num. 1º, ap. VIII, de la Resolución Nº 3642/10, de 9 de agosto de 2010;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar con carácter precario y revocable a la firma Viera Baptista Claudio Adrian, c.i 4.807.401-3, RUT 21 883810 0010, a instalar mesas y sillas sin entarimado, ocupando 35 metros cuadrados de acera frentista al establecimiento sito en Avda Dámaso Antonio Larrañaga Nº 4064, padrón Nº 190313, destinado a local gastronómico , condicionado a la presentación en un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 2.-
        2º.- Fijar en la suma de U.R. 17,5 (Unidades Reajustables diescisiete con cinco centésimos), el importe a pagar en concepto de derechos de ocupación, que se hará efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes, por el uso del espacio con mesas y sillas .-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General, y pase por su orden al Sector Despacho, cumplido, pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al interesado y demás efectos.-
CARLOS RODRIGUEZ,Alcalde.-

ANA LUISA FLEITAS,Concejal Municipal

DIEGO RODRÍGUEZ,Concejal Municipal