Resolución N° 137/16/0115
Nro de Expediente:
2016-0015-98-000046
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/12/2016


Tema:
MULTA FALTA DE HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de 25 U.R a Lemac S.R.L., R.U.T. 21 221138 0012, sita en la calle Francisco Plá Nº 4153, por falta de habilitación municipal.-

Montevideo, 21 de Diciembre de 2016.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a laboratorio de ensayo de materiales de construcción, sito en la calle Francisco Plá Nº 4153, propiedad de Lemac S.R.L., R.U.T. 21 221138 0012;
        RESULTANDO:) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas por Resoluciones Nos. 77/11/0115 del 5/!0/11, 48/14/0115 del 19/III/14 y115/15/0115 del 8/07/15, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitaciones Municipales);
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 25 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII y los Arts. 21 y 22 del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013 (3era. Reincidencia) y y en caso de continuar con el incumplimiento a lo solicitado se proceda a la clausura preventiva del establecimiento;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por mayoría entiende que corresponde la aplicación de la multa, con el voto en contra del Concejal Municipal Sr. Néstor Paipo;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 25 U.R (veinticinco unidades reajustables) a Lemac S.R.L., R.U.T. 21 221138 0012, sita en la calle Francisco Plá Nº 4153, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y dará lugar a la clausura preventiva del local en cuestión.-
        3º.- Advertir a la infractora que la contumacia de la infracción dará lugar a la clausura preventiva del establecimiento.--
        4º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

NESTOR PAIPO,Concejal Municipal