Resolución N° 14/26/0113
Nro de Expediente:
2025-3240-98-000760
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/2/2026


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar a la firma JET IMPORTACIONES SAS,RUT 217764070018, sito en Joaquín Requena Nº 2735, una multa de U.R. 30 por falta de Habilitación Departamental ( (Contralor de Locales Comerciales e Industriales)- PRIMERA REINCIDENCIA,

Montevideo, 25 de Febrero de 2026.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito sito en Joaquín Requena Nº 2735, responsabilidad de la firma JET IMPORTACIONES SAS inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 217764070018, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada (Resolución Nº 138/24/0113 de fecha 10 de julio de 2024), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Habilitación Departamental (Contralor de Locales Comerciales e Industriales) PRIMERA REINCIDENCIA;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta con cinco centésimos), por transgredir lo dispuesto en la Sección XIII, Artículo 14, Literal A, Numeral 1, del Decreto Departamental Nº 21.626 de fecha 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que mediante expediente caratulado con el Nº 2023-3240-98-000659 , se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de la resolución de multa;
2º) que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 4 de febrero de 2026, procede a proveer de conformidad a la presente multa;
3º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
4º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
    1.-Aplicar a la firma JET IMPORTACIONES SAS, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 217 764 070 018, responsable del establecimiento destinado a depósito, sito en Joaquín Requena Nº 2735, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta con cinco centésimos) por falta de Habilitación Departamental ( (Contralor de Locales Comerciales e Industriales)- PRIMERA REINCIDENCIA, y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
    3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Damián Salvetto,Alcalde.-

Leonardo Maggioli,Concejal