Resolución N° 148/25/0116
Nro de Expediente:
2016-3280-98-000066
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/9/2025


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de 40 U.R. a la empresa Ralitor S.A., propietaria del establecimiento destinado a Automotora, sito en la Av. Italia Nº 5112, por falta de habilitación municipal (Edilicia) 2da Reincidencia

Montevideo, 3 de Setiembre de 2025.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a Automotora, sito en la Av. Italia Nº 5112, propiedad de la empresa Ralitor S.A, R.U.T 212886430018
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho establecimiento no cuenta con la habilitación municipal correspondiente (Edilicia), 2da. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 40 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sec. XIII, Arts. 14º y 22º;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 40 U.R. (cuarenta unidades reajustables) a la empresa Ralitor S.A, R.U.T 212886430018, propietaria del establecimiento destinado a Automotora, sito en la Av. Italia 5112, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

PILAR OLASCOAGA,CONCEJAL