Resolución N° 143/25/0116
Nro de Expediente:
2020-3290-98-000171
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/8/2025


Tema:
MODIFICACION DE RESOLUCION

Resumen:
Se modifican las Res. Nos. 4/25/0116 de fecha 22/01/2025 y 83/25/0116 de fecha 11/06/2025 por la cual se aplicaron multas a la empresa Pisar Ltda., debiendo decir Pisar S.A.

Montevideo, 27 de Agosto de 2025.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial destinado a comercialización, instalación y mantenimiento de pisos y decks de madera, sito en Camino Carrasco Nº 5772, propiedad de la empresa Pisar S.A.;
        RESULTANDO: 1º) que por Resoluciones Nos. 4/25/0116 y 83/25/0116 de fecha 22/I/2025 y 11/VI/2025 respectivamente, se aplicaron dos multas, una de U.R. 15 y otra de U.R. 23, por falta de Habilitación Comercial y reincidencia;
        2º) que se padeció un error en la denominación de la empresa siendo la correcta, S.A., por lo que corresponde modificar el citado acto administrativo;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Se modifican las Resoluciones Nos. 4/25/0116 y 83/25/0116 de fechas 22/I/2025 y 11/VI/2025, respectivamente, por las cuales se aplicaron multas de 15 U.R. (quince unidades reajustables) y 23 U.R (veintitrés unidades reajustables) a la empresa Pisar S.A., R.U.T. 215419970011, propietaria del establecimiento comercial destinado a comercialización, instalación y mantenimiento de pisos y decks de madera, sito en Camino Carrasco Nº 5772, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

IGNACIO UBILLA,CONCEJAL