Resolución N° 166/25/0116
Nro de Expediente:
2016-1224-98-000027
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/9/2025


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 15 a la empresa Lega Aluminios SRL, con destino herrería de obra, sito en la calle Alejandro Gallinal Nº 2001/2001 bis por falta de habilitaciones municipales (Edilicia)

Montevideo, 17 de Setiembre de 2025.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a rubro herrería de obra, ubicado en la calle Alejandro Gallinal Nos. 2001/2001 bis, propiedad de la empresa Lega Aluminios S.R.L., R.U.T 216.767.500.015
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la Habilitación Municipal (Edilicia), por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 15 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Secc. XIII, Art. 14º, inc. a, nral. 1
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) a la empresa destinada a rubro herrería de obra, ubicado en la calle Alejandro Gallinal Nos. 2001/2001 bis, propiedad de Lega Aluminios S.R.L., R.U.T 216.767.500.015 con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

PILAR OLASCOAGA,CONCEJALA