Resolución N° 164/25/0116
Nro de Expediente:
2024-1238-98-000014
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/9/2025


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 10 a la empresa Fierro González Mario Enrique, sita en la Avda. Gral. Rivera 4127 local 2, por falta de Habilitación Edilicia.

Montevideo, 17 de Setiembre de 2025.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial destinado a panadería, sito en la Avda. Gral. Rivera 4127, local 2, propiedad de la empresa unipersonal Fierro González, Mario Enrique, R.U.T 218.296.240.015, C.I. 4.099.544-9;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la Habilitación Edilicia, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por Decreto Nº 21.626, Sección XIII, Art. 14º, inciso a, numeral 1;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la empresa unipersonal Fierro González, Mario Enrique, R.U.T 218.296.240.015, C.I. 4.099.544-9, sita en la Avda. Gral. Rivera 4127, local 2, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

PILAR OLASCOAGA,CONCEJALA