Resolución N° 182/25/0116
Nro de Expediente:
2024-3270-98-000290
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/10/2025


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa UR 5  a la empresa DACRIMAR SA, RUT 214610500018, dirección Av. 8 de Octubre Nº3792 esq. Cipriano Miró por no contar con habilitación municipal (Edilicia - SIME).

Montevideo, 1 de Octubre de 2025.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial destinado a venta de ropa, ubicado en la Avda. 8 de Octubre Nº 3792 esq. Cipriano Miró, propiedad de la empresa DACRIMAR SA, RUT 214610500018
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con habilitaciones municipales vigentes (Edilicia y SIME), por lo que se intimó a presentar los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 5 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Secc. XIII, Art. 14º, Num 1;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 5 U.R. (cinco unidades reajustables) a la empresa DACRIMAR SA, RUT 214610500018, propietaria del establecimiento comercial destinado a venta de ropa, ubicado en la Avda. 8 de Octubre Nº 3792 esq. Cipriano Miró, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

PILAR OLASCOAGA,CONCEJAL