Resolución N° 154/25/0116
Nro de Expediente:
2024-1001-98-001384
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/9/2025


Tema:
RECURSO DE REPOSICION

Resumen:
AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA INTERPONE RECURSO DE APELACIÓN CONTRA RES. 147/24/0116

Montevideo, 10 de Setiembre de 2025.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los problemas de humedades existentes en el Padrón 426433 Unidad 502 Block L, sito en la calle Rbla. Euskalerría Portón 7 Torre 13;
        RESULTANDO: 1º) que la Agencia Nacional de Vivienda, interpone el recurso administrativo de reposición y apelación contra la Resolución Nº 147/24/0116, de fecha 31 de Julio de 2024, por la que se aplicó una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a los co-propietarios y a la Agencia Nacional de Vivienda por problemas de humedades que afectan la habitabilidad de la Unidad. 502, Block L, del Padrón 426.433, sito en Rbla. Euskalerría, esquina Mataojo.
        Se detallan los copropietarios de dicho padrón por unidad:
        Unidad 002: María Lourdes Adriana Acosta Salomón. CI 1.648.822-4, domiciliada en el Complejo Euskalerría CH 70, Torre L 13, apto. 002.
        Unidad 201: Isabel Castro Rey, C.I 1.307.269-6, domiciliada en la calle Alberto Zum Felde Nº 1638.
        Unidad 701: Humberto Omar Falcón Núñez y Lilia Elsa Berardi Espinosa, CI 880.906-6 y 1.043.391-6 respectivamente, domiciliados en la calle Guayabo Nº 1694/403.
        Unidad 801: Gustavo Anselmo de los Santos Machado CI 3.658.102-0, domiciliado en Euskalerría 70, Torre 13, apto. 801.
        Unidad 901: 1) Martha Alicia y Enrique Carlos Migues Acosta, CI 1.355.950-7 y 1.213.627-1 respectivamente, domiciliados en Rbla. Euskalerría 4477/901, block L.
        Mirta Alejandra Acosta Vila, CI 653.789-3, domiciliada en Rbla. Euskalerría 4477/901, block L.
        Unidad 1002: Sylvia Susana Njers Kodelja, CI 1.401.333-6, domiciliada en Euskalerría 70, Torre 13/1002.
        Las Unidades 001, 101, 102, 202, 301, 302, 401, 402, 501, 502, 601, 602, 702, 802, 902 y 1001 pertenecen a la Agencia Nacional de Vivienda, con domicilio legal en la calle Cerrito Nº 400.
        Unidad 1002: Sylvia Susana Njers Kodelja, CI 1.401.333-6, domiciliada en Euskalerría 70, Torre 13/1002.
        2º) que el Asesor Letrado de este Municipio informa que: a) desde el punto de vista formal los recursos fueron interpuestos en forma; b) desde el punto de vista sustancial, los fundamentos de la ANV no son de recibo, sin perjuicio de que se intimó a uno de los co propietarios por parte de ANV, se entiende que no es suficiente, debiendo haber tomado otras medidas, pues no se puede concebir una intimación y no realizar ninguna otra acción. Por otra parte, las dificultades manifestadasa por la corporación no es justificativo para que exonere de responsabilidad como copropietario. Por tanto, no son de recibo los fundamentos expuestos por la ANV y se sugiere no hacer lugar al recurso de reposición interpuesto, sugiriendo el dictado de resolución en ese sentido y franquear el recurso de apelación en subsidio a la Asesoría Jurídica de la Intendencia de Montevideo;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Agencia Nacional de Vivienda, contra la Resolución Nº 147/24/0116, de fecha 31 de Julio de 2024, por la que se aplicó una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a los co-propietarios y a la Agencia Nacional de Vivienda por problemas de humedades que afectan la habitabilidad de la Unidad. 502, Block L, del Padrón 426.433, sito en Rbla. Euskalerría, esquina Mataojo.
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Departamento de Secretaría General para la notificación correspondiente; cumplido, remítase a la División Asesoría Jurídica.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

VICTOR FOMICHOV,CONCEJAL