Resolución N° 187/25/0115
Nro de Expediente:
2024-3330-98-000198
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/12/2025


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa total de 1 U.R por falta de limpieza de acera del predio empadronado con el Nº 432.125, sito en la calle Juan Arrieta Nº 3266, propiedad de BONIMAX SOCIEDAD ANÓNIMA, RUT 21 722273 0010, domiciliada en SEIS DE ABRIL Nº 1357.-

Montevideo, 30 de Diciembre de 2025.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el predio empadronado con el Nº 432.125, sito en la calle Juan Arrieta Nº 3266;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Escribanía informa sobre la titularidad registral del inmueble padrón Nº 432.125 y según plano de mensura y fusión del Ing. Agr. José Pedro Benavides de fecha junio de 2023, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro y Registro de Planos el día 3 de agosto de 2023 con el número 53.487, los Padrones 71.578 y 71.579 se fusionaron, resultando de ello el Padrón Nº 423.125, constatando de una superficie total de 648 metros con 83 decímetros. Solicitada información por los padrones 71.578 y 71.579 anteriores surge que el Titular Registral es BONIMAX SOCIEDAD ANÓNIMA, RUT 21 722273 0010, domiciliada en SEIS DE ABRIL Nº 1357 , compraventa de fecha 24 de setiembre de 2013 y 30 de setiembre de 2022 respectivamente;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 11 informa se solicitó en reiteradas oportunidades a las titulares del bien a realizar la limpieza total y permanente de la acera de su propiedad, padrón Nº 423.125 y ante el incumplimiento de las sucesivas intimaciones realizadas se sugiere, la aplicación de una multa de 1 U.R., según lo que establece la Sección III, Art 4, literal B, Numerales 9 y 16 del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.-Aplicar una multa total de 1 U.R (una unidades reajustables) por falta de limpieza de acera del predio empadronado con el Nº 432.125, sito en la calle Juan Arrieta Nº 3266, propiedad de BONIMAX SOCIEDAD ANÓNIMA, RUT 21 722273 0010, domiciliada en SEIS DE ABRIL Nº 1357, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase por su orden al Sector Despacho, cumplido, pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

CARLOS RODRIGUEZ,Concejal Municipal

SANTIAGO ARBONDO,Concejal Municipal