Publicado: 19.04.2022 - 16:28 | Última actualización: 25.04.2022 - 11:48
Ante situación económica inflacionaria

Batería de medidas para favorecer la actividad comercial en Montevideo

Tiempo de lectura: 5 minutos
  Autor: Santiago Mazzarovich / IM
Reunión entre CAMBADU y la Intendencia de Montevideo
Reunión entre CAMBADU y la Intendencia de Montevideo  
  Autor: Santiago Mazzarovich / IM
Reunión entre CAMBADU y la Intendencia de Montevideo
Reunión entre CAMBADU y la Intendencia de Montevideo  
La Intendencia de Montevideo aplicará nuevas medidas para favorecer la actividad de comercios y locales gastronómicos, con el objetivo de paliar la actual situación creada por la inflación.

Tras la reunión con representantes de Cambadu, de la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay y del colectivo gastronómico que tuvo lugar el martes 19 de abril, la Intendencia definió habilitar la venta de productos alimenticios fraccionados en puntos de venta minorista del departamento.

De esta forma se da respuesta a la necesidad de las y los consumidores de adquirir cantidades menores de alimentos de los envasados en origen,. También permite adecuar la oferta y mejorar el acceso a los alimentos en esos comercios

El fraccionamiento se autorizará por 180 días y deberá realizarse en presencia del/la consumidor/a final en áreas que estén especialmente acondicionadas para esta acción, donde se cumplan los requisitos generales para el tipo de empresa alimentaria y para la manipulación de alimentos.

Estarán habilitados para el fraccionamiento comercios alimentarios de proximidad con alcance local de riesgo bajo y de superficie menor a los 100 metros cuadrados.

Se podrán fraccionar productos poco perecederos que se encuentren habilitados por el Servicio de Regulación Alimentaria de la Intendencia, lo que implica que tienen asegurada la calidad higiénico - sanitaria.

No se podrá fraccionar manteca, margarina, ricotta, crema de leche, pastas frescas rellenas, conservas de tomate, leche en polvo, especias, miel, sal, azúcar industrial, queso rallado, conservas, alimentos congelados y aceites de oliva.

Se permitirá ampliar el rango de empaquetado a los productos que ya estén registrados a envases de 5 a 20 kilos, sin que esto implique un nuevo registro o un nuevo pago de tasa.

Otra de las medidas adoptadas por la Intendencia es la implementación de un nuevo certificado de manipulación de alimentos que se realiza 100% vía web y sin costo.

Finalizado los 180 días de esta habilitación se realizará una reunión de evaluación de la medida entre la Unidad de Promoción e Integración del Comercio Alimentario, las diversas áreas de la Intendencia y la sociedad civil organizada para determinar su continuidad, cese o acciones alternativas en función del contexto socioeconómico.

Otra de las medidas de la comuna para favorecer la actividad comercial en comercios del rubro alimenticio es la bonificación de hasta 100% del pago de la Tasa Bromatológica (artículo 31, decreto N° 32.265) por concepto de habilitación de la empresa, habilitación y registro de alimentos a las que tengan su planta elaboradora en un departamento del país que no sea Montevideo y cuenten con la habilitación de registro del producto en el departamento de origen.

Medidas para favorecer actividad comercial de locales gastronómicos, boliches y pubs

La Intendencia extenderá la exoneración total del precio por la colocación de mesas y sillas –con o sin entarimado– en las aceras y calzadas frente a comercios gastronómicos y venta de bebidas hasta el 30 de setiembre de 2022. De haber abonado esta tasa, se trasladará este beneficio a otros tributos departamentales.

Además, dado el levantamiento de la emergencia sanitaria, se revocan las resoluciones que establecen aforos, distancias entre mesas para restoranes, pubs, boliches y otros recintos; y uso de tapabocas obligatarios, entre otras.

De esta forma:

  • Se vuelve el 100% del aforo en locales cerrados de espectáculos y deja de ser obligatorio el control de pauta de vacunación en bailes y actividades similares.
  • Cae el horario de cierre para bares, restoranes y similares que actualmente está a fijado por decreto nacional hasta las 2 am.
  • Se elimina el horario de finalización de espectáculos a la hora 5 am.
  • Deja de ser obligatorio el uso de tapabocas en personal de comercios, supermercados y demás locales de atención al público.
  • Deja de ser obligatorio contar con alcohol en gel a disposición del público en comercios. 
  • Se eliminan las previsiones sobre distancia de mobiliario y distancia interpersonal.
  • En los espacios gastronómicos deja de ser necesario el uso de mamparas, la sanitización permanente, la exigencia de alcohol en gel a disposición del público, el uso de tapabocas en las plazas de comida, la distancia interpersonal y el servicio asistido para los locales con sistema de autoservicio, buffet y similares.

De todas formas, la Intendencia exhorta al uso de tapabocas para el personal de comercios, supermercados y locales donde se atiende al público.

Se aclara que no cumplir con estas exhortaciones no configura falta alguna y, por tanto, no se prevén sanciones ni apercibimientos.

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