Enviaremos a la Junta propuesta para regular vehículos de movilidad personal
Este lunes 29 de abril enviaremos a la Junta Departamental un proyecto de decreto para regular los nuevos tipos de vehículos de movilidad personal (VMP) que han ingresado al mercado y que se encuentran circulando en el departamento.
De esta manera se busca solucionar un vacío normativo, ante la preocupación por la posible siniestralidad que se puede generar a partir de su circulación.
En la propuesta se definen los diferentes tipos de vehículos: monopatines con y sin impulso; bicicletas comunes; bicicletas de pedaleo asistido; triciclos a pedal; triciclos de pedaleo asistido, plataforma (tipo segway); L1, L2, L3, L4, L5, L6 y L7 (vehículos de dos, tres y cuatro ruedas, con diferentes características).
Luego se fijan las condiciones de seguridad para usuarios y vehículos. En el caso de las y los usuarios, se establece la obligatoriedad del uso de casco de protección y vestimenta de alta visibilidad, según el tipo de vehículo definido en la reglamentación.
Para los vehículos se establecen determinadas condiciones de seguridad: sistema de frenos, sistema lumínico y dispositivos retrorreflectivos, entre otros.
Los VMP deberán respetar los diferentes límites de velocidad establecidos para la circulación en la vía pública, con excepciones:
- Usuarias/os de monopatines con y sin impulso así como las plataformas (tipo segway), hasta 25 Km/hora.
- Usuarias/os de vehículos categoría L6, hasta 45 Km/hora.
- Usuarias/os de vehículos categoría L1 y L2, hasta 50 Km/hora.
Estos vehículos sólo podrán estacionar en zonas autorizadas por la Intendencia. En el caso de los de categoría L estarán obligados a empadronarse ante la comuna, y sus conductores a obtener el Permiso Único Nacional de Conducir (PUNC).
Los VMP solo podrán ser conducidos por personas a partir de 16 años de edad.
Finalmente, se prohíbe prestar servicio de transporte de pasajeros en cualquiera de los vehículos definidos en el artículo 1º del decreto, con excepción de circuitos dedicados a tal fin determinados por la Intendencia.
El no cumplimiento de lo que establece la normativa, una vez aprobada por la Junta Departamental, implicará la aplicación de sanciones.
Las Apps también estarán reguladas
La Intendencia trabaja también en un proyecto de decreto para regular el servicio de arrendamiento y/o préstamo de vehículos de movilidad personal sin estaciones, a través del uso de plataformas electrónicas.
Entre los aspectos que se contemplarán cabe destacar: la definición del operador, la creación de un registro, la necesidad de contar con un permiso de operación, la obligación para el operador de una contrapartida económica por la utilización del espacio público, las condiciones que deberán reunir los vehículos para ser habilitados y la gestión de los vehículos mal estacionados, fuera de zonas habilitadas o en mal estado.
También se fijarán sanciones pecuniarias, de suspensión de permisos e inhabilitación de plataformas.
Marco jurídico nacional
El jueves 11 de abril el Congreso de Intendentes aprobó un marco normativo respecto a los vehículos de movilidad personal (VMP).
En el documento se reconoce a este tipo de vehículos y se establece que será cada una de las 19 Intendencias del país la que reglamentará en su territorio la actividad de los mismos, “priorizando el derecho del peatón”.
Dentro de la reglamentación que defina cada Intendencia, el Congreso enumera una serie de aspectos en el proyecto aprobado: los sistemas de bicicleta, bicicleta compartida y VMP, ligados a una actividad de explotación económica, necesitarán de autorización expresa de la autoridad departamental; cada intendencia determinará los lugares de estacionamiento.
Asimismo, el marco normativo del máximo órgano departamental indica que los VMP deberán circular por la calzada y “cuando exista infraestructura adecuada” (como bicisendas, ciclovía o carril bus-bici), deberán circular por éstas. Estos vehículos tendrán que contar con SOA vigente.
En cuanto al desplazamiento, se prohíbe además la circulación de dos o más pasajeros en los VMP, así como que circulen por rutas nacionales.