Habilitación - Ascensores y dispositivos de elevación vertical y/o accesibilidad

Habilitación - Ascensores y dispositivos de elevación vertical y/o accesibilidad

Última actualización: 17.10.2023 - 15:43 | Responsable de esta información: Instalaciones Mecánicas y Eléctricas

Descripción

Trámite que realiza la Empresa instaladora del dispositivo de transporte vertical ante el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas (SIME), mediante el cual solicita la habilitación del dispositivo para el uso según lo dispuesto en el Decreto departamental 34.812. Se recuerda que ningún dispositivo de elevación vertical puede funcionar sin previa habilitación. Ver Art.D.4216.51 del Digesto departamental.

Requisitos

Es requisito fundamental que la Empresa instaladora solicite al técnico (Arquitecto o Ingeniero Civil que gestionó el permiso de construcción), copia de la Declaracion Jurada, planilla de estudio y Certificado de aprobacion del proyeco  de obra civil. Quedan exceptuados de este requisito previo, los montabultos en cualquier destino y los dispositivos de accesibilidad en vivienda unifamiliar.

Cuando en la edificación exista más de un dispositivo a habilitar, identificarlos con números o letras, tanto en planos como en documentos para facilitar su lectura y ubicación.

Se presentará un juego de recaudos tanto en forma papel como en formato digital por cada dispositivo a Habilitar.

1- Formato papel:

A) Documentos:

  • Declaración Jurada de habilitación completa, con firma del propietario y del técnico con el correspondiente timbre profesional. Dejar en blanco los espacios corresondientes a Expediente Electrónico  y matrícula.
  • Fotocopia de Cédula de Identidad del propietario
  • Certificado notarial de representación de la copropiedad en caso de tratarse de persona jurídica.
  • Fotocopia de Declaración Jurada del Proyecto de obra civil, certificado de aprobación del Proyecto de obra civil y las planillas de estudio correspondientes.
  • Nota de solicitud de habilitación del dispositivo en hoja membretada de la empresa que incluya el Art.49.  firmada por el Ing. Instalador y con timbre profesional.

B) Planos electromecánicos:

Se presentarán en polyester (original con firmas y timbres profesionales) conteniendo plano de ubicación, planta y corte por el ducto del dispositivo, con todos los datos correspondientes: mecanismo de tracción, potencia, velocidad, cantidad de cables, diámetro,seguridades, etc

2- Formato digital:

Se presentará en un pendrive, la totalidad de los recaudos escaneados descriptos en los puntos A y B, en un único archivo en formato .pdf por cada dispositivo a presentar.

Como nombre del Archivo utilizar:  Habilitacion de Ascensor X (Número o letra identificativa) - Direccion.

No utilizar tildes, puntos, ni eñes en el nombre del archivo.

El archivo no puede superar los 9 Mb.

¿Cómo se hace?

  1. Para dar inicio al tramite debera agendarse via web para el Sector Mesa de Entrada.
  2. El día agendado, se presentará en SIME en el Sector Mesa de Entrada a la hora estipulada con la totalidad de los recaudos.
  3. Todos los recaudos en formato papel se entregarán en un sobre cerrado formato A4. De solicitar la Habilitación de más de un dispositivo en el mismo Exp. SIME, se deberá traer un sobre por cada dispositivo a Habilitar, identificandolos en el exterior con la Dirección, el tipo de dispositivo (ascensor,rampa móvil. plataforma, etc), y el número o letra que la empresa le adjudicó en planos y declaración jurada.
  4. En el momento se copiará el archivo digital y se devolverá el pendrive al interesado.
  5. Una vez procesada la documentacion por el Sector Ascensores se asignará un inspector para la realización de una inspección conjunta con la Empresa instaladora.
  6. Una vez gestionado el expediente, el trámite culmina con un Certificado de Habilitación.
  7. Para retirar la documentación, deberá agendarse nuevamente vía web para ser atendido por el Sector Mesa de Entrada.
  8. El día agendado y a la hora estipulada, el interesado, deberá concurrir munido del comprobante de pago correspondiente.

Tener en cuenta

  • La casa instaladora debe proporcionar por su cuenta y cargo todos los elementos necesarios para realizar las pruebas que se determinen oportunas
  • Los dispositivos de accesibilidad deberán cumplir con alguna Norma Internacional tales como ISO, CAN, ANSI, o similar.

¿Tiene costo?

Si tiene costo

¿Dónde se realiza personalmente?

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