Habilitación - Calderas eléctricas para viviendas

Habilitación - Calderas eléctricas para viviendas

Última actualización: 31.05.2022 - 15:34 | Responsable de esta información: Instalaciones Mecánicas y Eléctricas

Descripción

Habilitación de calderas eléctricas.

Requisitos

Habilitación

  1. Proyecto aprobado por el SIME.
  2. Declaración Jurada (con timbre profesional).
  3. Fotocopia de Cédula de Identidad del propietario.
  4. Planos y memoria descriptiva (original y dos copias con timbre profesional, firmados por ingeniero industrial o mecánico, registrado en SIME).
  5. Pago del sellado para ingreso de trámite.

Solicitud del certificado de reválida de habilitación

  1. Declaración jurada con timbre profesional.
  2. Sellado para el ingreso del trámite.
  3. Tasa anual al día, que solo abonarán los locales comerciales e industriales. Las viviendas particulares están exoneradas.
  4. Para retirar el certificado de reválida de habilitación se debe abonar un sellado.

¿Cómo se hace?

Una vez presentada la documentación se hará la inspección correspondiente.
La primera habilitación se realiza por única vez y a solicitud del interesado.

Validez:

  • Vivienda unifamiliar: cinco años
  • Vivienda colectiva: dos años

Tener en cuenta

  • Los pagos se realizan en las cajas de la IM, primer piso, de lunes a viernes, en horario de 12.15 a 17.00.
  • Este trámite no se realiza en los centros comunales zonales (CCZ).
  • La tasa es anual. Las viviendas particulares están exoneradas.

¿Tiene costo?

Si tiene costo

Costo

El valor del sellado es el vigente al momento de la gestión.

¿Dónde se realiza personalmente?

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