Permiso - Comerciantes mesas en la vía pública

Permiso - Comerciantes mesas en la vía pública

Última actualización: 22.11.2022 - 14:48 | Responsable de esta información:

Descripción

Los comercios establecidos pueden instalar en las veredas frentistas mercaderías de su giro para su venta o exhibición entre el tercer lunes de diciembre y 6 de enero del año siguiente.

Requisitos

  • Fotocopia de la Cédula de Identidad del titular de la empresa o del representante o administrador.
  • Fotocopia de la tarjeta de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
  • Fotocopia del recibo de pago al Banco de Previsión Social de la empresa solicitante, correspondiente a uno de los dos meses anteriores al mes en que se está solicitando la autorización.
  • Habilitación Comercial o Registro de Microempresa.
  • Certificado de la Dirección Nacional de Bomberos.

Tener en cuenta

  • El plazo para solicitar la autorización se extiende hasta el 10 de diciembre de cada año y se presenta en los servicios centros comunales zonales.
  • Los comerciantes tienen prioridad absoluta frente a sus respectivos negocios, siempre que presenten habilitación comercial y certificado de la Dirección Nacional de Bomberos o registro de microempresas.
  • Cuando las solicitudes se gestionen por primera vez se podrá presentar el trámite para habilitaciones, certificados y/o registro a que se hace referencia en el párrafo anterior.
  • El plazo para solicitar la autorización se extiende hasta el 10 de diciembre de cada año.

¿Tiene costo?

Si tiene costo

¿Dónde se realiza personalmente?

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