Solicitud - Circulación de vehículos de carga en carácter de tolerancia

Solicitud - Circulación de vehículos de carga en carácter de tolerancia

Última actualización: 27.06.2022 - 16:35 | Responsable de esta información: Unidad de Logística

Descripción

Gestión mediante la cual se solicita autorización para circular con vehículos de transporte de carga en todos los casos en que se realizan movimientos en zonas donde la circulación con determinada tipología de vehículos no está autorizada, de acuerdo a las limitaciones previstas. El procedimiento se establece para autorizar movimientos para casos particulares con baja periodicidad vinculados a emprendimientos que eventualmente deben recibir o enviar mercadería o insumos en vehículo cuya circulación no se ajusta a la normativa. No habilita la operativa y/o circulación de vehículos fuera de la normativa vinculados al normal funcionamiento de un emprendimiento, el cual debe ajustarse estrictamente a lo establecido en la autorización de implantación (viabilidad de uso, estudio de impacto de tránsito, estudio de impacto territorial, etcétera).

Requisitos

Completar el "formulario web" al final de esta página.

¿Cómo se hace?

Se debe completar el formulario con toda la información solicitada, y luego se envía autorización para la operativa solicitada (o la notificación que corresponda) a la casilla de correo ingresada en el formulario.

El remitente del correo electrónico con la autorización será noresponder@imm.gub.uy. Se sugiere prever las configuraciones necesarias para asegurarse que los correos enviados desde dicha cuenta sean recibidos correctamente.

El certificado de autorización debe estar en el vehículo involucrado (impreso o legible en dispositivo móvil), ya que constituye el documento probatorio de que el movimiento ha sido autorizado y es el que exigirá el Servicio de Vigilancia ante todo control en la vía pública.

Se debe enviar un formulario completo por vehículo y por movimiento. Por movimiento se considera la circulación de un vehículo en una jornada, durante un lapso máximo de cuatro horas.

Tener en cuenta

Por movimiento se considera la circulación de un vehículo, en una jornada, durante un lapso máximo de cuatro horas.
Las tareas de carga y descarga se deben ajustar a lo estipulado en el certificado de implantación y funcionamiento de los establecimientos involucrados.
Ante la reiteración de solicitudes de circulación vinculadas a un mismo establecimiento que excedan lo considerable como en carácter de tolerancia (según zona), se solicitará certificado de implantación autorizando la operativa constatada.

No se consideran solicitudes que impliquen:

  • El traslado de contenedores de 20 pies en camión tractor con semirremolque dentro de las denominadas Zona A o Subzona de Exclusión Céntrica. Los contenedores de 20 pies en dichas zonas deben ser trasladados en camiones simples (tipo C11 o C12), exclusivamente.
  • Transporte de mercadería en camiones de gran porte cuando se compruebe su subutilización en función de las dimensiones, volumen y peso de la mercadería transportada, siendo viable transportarla en camión que se ajuste a la normativa estipulada para la zona.
  • Movimiento de camiones internacionales con varias paradas (distribución). 

En caso de un eventual mal funcionamiento del sistema se solicita realizar captura de pantalla del error y enviar por mail a logística.movilidad@imm.gub.uy de forma inmediata.

La circulación de vehículos de transporte de carga no ajustado a la normativa vigente no está permitido sin previa autorización y es pasible de sanciones, así como los emprendimientos involucrados en la operativa.

¿Tiene costo?

No tiene costo

¿Dónde se realiza personalmente?

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