Solicitud - Constitución de domicilio digital (Domicilio electrónico)

Solicitud - Constitución de domicilio digital (Domicilio electrónico)

Última actualización: 25.09.2023 - 17:40 | Responsable de esta información: Centro de Vistas y Notificaciones

Descripción

Solicitar domicilio digital (domicilio electrónico) para recibir notificaciones de la Intendencia a través del sistema de notificaciones del Estado

Requisitos

  • Activar usuario del estado en Portal del Estado
  • Formularios emitidos y firmados
  • CI vigente y en buen estado
  • Certificado notarial que acredite representación en caso de Personas Jurídicas, el cual no podrá exceder los 60 días de vigencia a la fecha de presentada la documentación
  • Contar con reserva previa en caso de presentar documentación en el organismo

¿Cómo se hace?

Para crear domicilio digital, seguir el Instructivo para la Constitución de Domicilio Digital a Distancia.

El domicilio digital se debe crear en este sitio.

La documentación se debe entregar agendando día y hora a través de agenda electrónica, por teléfono el 1950 5234 o vía correo electrónico vistas.notificaciones@imm.gub.uy.

Se sugiere leer todo el instructivo antes de comenzar el trámite, así como prestar especial atención en los cuadros de información importante.

Tener en cuenta

Si quien gestiona el trámite es representante de una Persona Jurídica, tendrá que:

  1. Completar todos los formularios, que se describen en el instructivo adjunto, con sus datos y los de la Persona Jurídica que representa.
  2. Contar con certificado notarial que acredite dicha representación, el cual no podrá exceder los 60 días de vigencia a la fecha de presentada la documentación.  

Si quien gestiona el trámite no es el interesado, tendrá que:

  1. Completar todos los formularios, que se describen en el instructivo adjunto, con los datos de la persona representada.
  2. Contar con carta poder que debe estar certificada por escribano, la cual no podrá exceder los 60 días de vigencia a la fecha de presentada la documentación.
  • En caso de proceder a realizar el trámite completamente a distancia, la firma tradicional en papel, deberá estar certificada ante Escribano Público.
  • Una vez recibida y corroborada la documentación se procederá, por parte de nuestra institución, a realizar la correspondiente aprobación de Domel dentro de un plazo de 7 días hábiles.

Si quien presenta la documentación en el organismo es el titular:

  1. Deberá concurrir con su cédula de identidad vigente y en buen estado, y con los formularios firmados tal como lo indica el instructivo. En este caso NO deberá certificar las firmas ante Escribano Público, el funcionario corroborará su identidad al momento de entregar la documentación

¿Tiene costo?

No tiene costo

¿Dónde se realiza personalmente?

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