Publicado: 25.07.2016 - 17:39 | Última actualización: 03.01.2024 - 15:05

Residuos no domiciliarios

Los contenedores que se encuentran en la vía pública son exclusivamente para disponer residuos domiciliarios, es decir los generados cotidianamente en los hogares. Por lo tanto, las empresas, comercios, industrias, instituciones públicas o privadas, organizaciones, así como los generados en eventos, espectáculos públicos, y obras civiles no podrán hacer uso de ellos.

Los generadores de residuos no domiciliarios son responsables de la gestión ambientalmente adecuada de los mismos (clasificación, acopio, tratamiento, transporte y disposición final por operadores de residuos habilitados para tales fines) así como también de estar en regla con la documentación que permita controlar el cumplimiento de cada etapa de la gestión (trazabilidad).

Es importante tener en cuenta que los generadores nombrados anteriormente no pueden disponer sus residuos a través del servicio de recolección de residuos domiciliarios (en contenedores de la vía pública), salvo en los casos que se ajusten a los dispuesto por resolución 48/23/6300, por lo que deben contratar un servicio especial de recolección.

Para esto pueden:

  • Contratar el Servicio Especial de Transporte de Residuos de la División Limpieza y Gestión de Residuos, a través de la casilla de correos: recoleccion.nodomiciliarios@imm.gub.uy 
  • Contratar a una empresa transportista debidamente registrada y habilitada por esta Intendencia. El listado de empresas habilitadas puede encontrarse en este documento.
  • Realizar el transporte por medio propio (previo registro de su empresa y vehículos en la División Limpieza y Gestión de Residuos).

TENER EN CUENTA:

Independientemente de cuál sea su servicio de gestión cada empresa deberá completar la declaración de gestión de residuos sólidos no domiciliarios.

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