Solicitud - Intervención de entradas para espectáculos públicos
Solicitud - Intervención de entradas para espectáculos públicos
Última actualización: 15.06.2020 - 11:29 | Responsable de esta información: Ingresos Comerciales y Vehiculares
Descripción
Requisitos
Sistema manual
- Presentar permiso otorgado por el servicio de Convivencia Departamental sector Espectáculos Públicos.
- Completar formulario para troquelado (proporcionado por el servicio).
- Llevarlo a autorizar al servicio de Convivencia Departamental sector Espectáculos Públicos.
- Presentar las entradas en tres vías numeradas (talón y dos vías, una para el espectador y otra para la taquilla).
- Pagar los impuestos municipales según el tipo de espectáculo.
Sistema computarizado (resumen de venta total de entradas del evento)
- Se presenta nota con el detalle del evento para la venta por este sistema.
- Se abona un adelanto de impuesto para obtener el borderó.
- Luego de realizado el evento, se presenta borderó original del sistema para efectuar la liquidación y pago en Tesorería.
Artistas nacionales:
En el caso de la realización de eventos exclusivamente con artistas nacionales, deben presentar la declaración jurada. Ver trámite relacionado.
¿Cómo se hace?
- Se deben exhibir los permisos del evento, otorgados por el servicio de Convivencia Departamental en caso de procedimiento manual.
- Completar el formulario de solicitud de troquelado de entradas e imprimir tres copias si es venta manual. Completar el formulario directamente en una computadora e imprimirlo en tres vías.
- Presentar nota cuando la venta es por método computarizado.
- Se genera una cuenta corriente para ingreso de los impuestos pagos a realizarse en Tesoreria.
- Abonar los impuestos determinados por tipo de espectáculo; por borderó o liquidación por las entradas vendidas.
El impuesto
General (varios) | 10% (9,09% del valor de la entrada). |
Deporte amateur | 5% (4,76% del valor de la entrada). |
Competiciones de animales | 5% (4,76% del valor de la entrada). |
Atracciones mecánicas | 2,91% sin IVA o 2,40% IVA incluido. |
Musicales extranjeros | 9,09% del valor de la entrada. |
Teatro no afiliado a FUTI | 9,09% del valor de la entrada. |
Culturales o musicales de artistas nacionales:
(ver requisitos, deben presentar declaración jurada)
1% (0,99% del valor de la entrada) | hasta $ 200.000. |
3% (2,91% del valor de la entrada) | de $ 200.001 a $ 1.000.000. |
6% (5,66% del valor de la entrada) | de $ 1.000.001 a $ 4.000.000. |
8% (7,41% del valor de la entrada) | de $ 4.000.001 en adelante. |
- Bailes que se realicen en forma permanente abonan de acuerdo a la capacidad a partir de 51 personas. Cambiando de franja y de precio, cada 150 personas.
- Bailes que se realicen hasta dos veces al mes abonan el 16,93% del valor de la entrada, incluye impuestos nacionales.
Tener en cuenta
Por consultas escriba a liquidacion.comerciales@imm.gub.uy o llame al 1950 interno 9537
Para la atención presencial es necesario agendarse previamente.
¿Tiene costo?
¿Dónde se realiza personalmente?
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Teléfono/s:1950 9534 / 9538 / 9537.Horario:Lunes a viernes de 10.15 a 15.45 horas