Solicitud - Traslado de restos
Solicitud - Traslado de restos
Última actualización: 09.01.2021 - 09:46 | Responsable de esta información: Fúnebre y Necrópolis
Descripción
Es el procedimiento para el traslado de restos, ya sea a cementerios de la capital o al interior o exterior.
Requisitos
Presentar:
- Cónyuge: partida de matrimonio.
- Concubino: declaración judicial de concubinato.
- Hijos: partida de nacimiento.
- Padres: partida de nacimiento del fallecido.
- Hermanos: partida de nacimiento del solicitante y partida de nacimiento del fallecido.
- Título de uso del bien funerario en caso de que el traslado se efectúe desde un nicho o sepulcro; en caso de tratarse de un sepulcro o nicho de uso colectivo, autorización de la entidad correspondiente.
- Datos del fallecido: nombre, fecha y ubicación.
Nota:
El traslado lo puede realizar quien acredite ser familiar directo del fallecido. Son considerados familiares directos en este orden: cónyuge o concubino (declarado judicialmente), hijos, padres y hermanos.
¿Cómo se hace?
- Se atiende únicamente con Agenda previa.
- Se presenta en el servicio Fúnebre y de Necrópolis con la documentación requerida. Para presentar presencialmente la documentación correspondiente debe agendarse en el botón de Reserva de hora, que se enuentra más abajo. En caso de que el trámite lo realice un tercero, adjuntar el formulario de solicitud de trámite completo y firmado.
- Si el titular de un nicho o sepulcro no puede concurrir, adjuntar formulario de Autorización de Uso de Local completo y firmado por el titular del bien funerario.
- El trámite consiste en su autorización en Sistema de Gestión de Necrópolis (SGN), luego se abona en Tesorería (primer piso, edificio sede), posteriormente se coordina con el Cementerio día y hora para efectuar el traslado. Finalmente, el día y a la hora acordada se efectiviza el movimiento operativo.
- Si el destino de los restos es un cementerio del interior o el exterior se entrega guía de traslado para presentar en el lugar de destino.
- En caso de que los restos sea retirados de una Institución Colectiva, se debe presentar una nota, autorizando el retiro de los mismos.
Tener en cuenta
Si los restos que se trasladan constituyen gravamen (derecho de permanencia en el local por parentesco con el titular), debe presentarse una nota de la Intendencia de donde se traslade el resto, en la que se especifique que serán recibidos en la misma condición.
Descargas
¿Tiene costo?
Si tiene costo
Costo
Traslado $ 3.568
Guía de traslado $ 262
¿Dónde se realiza personalmente?
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Dirección:Soriano 1363. Edificio sede. Planta bajaTeléfono/s:1950 int: 3930 / 3931 /3933 /3935 .Horario:Con motivo de la continuación de las disposiciones por la emergencia sanitaria, estará suspendida hasta nuevo aviso la Atención Presencial en Oficina Central.Comunicarse a través del mail consultas.necropolis@imm.gub.uy