Normas Complementarias
En el caso del suelo rural, se ha desarrollado una clasificación tipológica de usos y actividades del suelo de acuerdo a los objetivos y criterios del Plan Montevideo, regulando la implantación de las mismas en base a su definición en la ordenación; según el tamaño del predio y la escala edilicia; según los parámetros ambientales, urbanos y tipomorfológicos, determinando estos últimos el mayor o menor grado de compatibilidad de las distintas actividades entre sí; por el grado de saturación y por su temporalidad.
Asimismo se establecen usos preferentes, entendidos éstos como el destino predominante que se asigna a áreas o zonas del territorio. La asignación de uso preferente admite la implantación de usos distintos del denominado, bien sea como actividades complementarias o compatibles.