Publicado: 09.12.2022 - 16:46 | Última actualización: 12.12.2022 - 13:15
Decreto aprobado en la Junta Departamental

Más fiscalización: aumento de multas a empresas que realicen vertidos irregulares

Tiempo de lectura: 7 minutos
  Autor: Santiago Mazzarovich / IM
Relevamiento para áreas liberadas en la calle Vigo ,17 de noviembre de 2022
Relevamiento para áreas liberadas en la calle Vigo ,17 de noviembre de 2022  
La Intendencia de Montevideo fiscaliza la disposición irregular de residuos mediante mayor capacidad inspectiva, incorporación de tecnología y actualización de normativa para aplicación de multas.

La Intendencia de Montevideo había enviado a la Junta Departamental un proyecto de decreto para aumentar los montos de las multas por vertidos irregulares, que fue aprobado el jueves 8 de diciembre por 24 votos en 25 en sala.

El decreto establece nueva normativa para regular los rellenos en predios del territorio urbano y suburbano de Montevideo, con especial énfasis en los rellenos que se realizan con vertidos de residuos, algo que es ilegal y que ahora pasa a tener una multa muy importante.

En el caso de vertido de residuos en un terreno, las multas ahora tienen el mínimo de 350 UR, lo que actualmente ronda los $ 500.000 para vertidos de hasta 50 m3.

Las multas se incrementan en función del tamaño del volumen de residuos que se genera. El máximo monto de multa pasó a ser de 50.000 UR, que actualmente equivalen a $ 75.000.000.

El director del Departamento de Desarrollo Ambiental, Guillermo Monccechi, informó que el objetivo no es recaudar sino tener “una multa suficientemente grande como para desestimular el vertido de residuos y promover que se haga el trabajo correcto” de trasladarlos al Sitio de Disposición Final en Felipe Cardoso.

Limpieza de baldíos

Adicionalmente, en la Junta Departamental también se promulgó otro decreto que ya había sido aprobado y es parte de la misma estrategia. Ante un predio baldío de un privado, que la IM debe limpiar por tener residuos, hasta el momento la reglamentación exigía ir a la Justicia e intimar al propietario.

Este decreto permite a la Intendencia de Montevideo actuar rápidamente por razones de salubridad, previo a un diagnóstico, y establece una multa mínima de 70 UR, además de cobrarle al propietario el costo de esa acción de limpieza mediante los pasos administrativos correspondientes.

Áreas Liberadas: limpieza y más fiscalización

Desde febrero de 2022 la Intendencia desarrolla el Plan Áreas Liberadas para preservar los ecosistemas departamentales, mediante la limpieza y recuperación de cursos de agua y espacios contaminados por residuos.

Para ello se constituyó un equipo multidisciplinario y transversal, que trabaja en el Plan V y bajo la estrategia ambiental Montevideo más Verde.

Avances en regularización, registro y controles:

16.400 establecimientos ya cuentan con Declaración Jurada de Gestión de Residuos Sólidos No Domiciliarios vigente, de aproximadamente 25.000 establecimientos existentes.

Se pasó de 42 a casi 400 declaraciones ingresadas por mes.

Actualmente hay 335 empresas transportistas de residuos registradas con 798 vehículos registrados, de los cuales 674 cuentan con habilitación vigente de recolección y transporte de residuos.

Se tienen identificados y geolocalizados 220 puntos en los que se tiran residuos en forma ilegal. La información permite realizar el seguimiento de los vehículos y, que en caso de que se detengan dentro de los puntos identificados, sean captados y registrados automáticamente por el sistema.

Esto dispara una alerta, comunicada en forma inmediata al equipo inspectivo que trabaja en territorio, para que acuda al lugar señalado y constate la infracción.

También está prohibido hacerlo en cursos de aguas, sus márgenes y entorno o cualquier otro lugar que pueda generar efectos adversos a la salud y el bienestar humano, así como al equilibrio de los sistemas naturales. En caso de que las empresas transportadoras de residuos sólidos viertan en esos lugares, serán sancionadas con una multa del máximo legal establecido.

Además se inhabilitará a la empresa responsable y se la excluirá del registro.

La reiteración de otras infracciones, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones punitivas, también podrá dar lugar a la inhabilitación de la empresa transportista de residuos.

ACTUACIONES REALIZADAS

    •    Infracciones de Volquetas y Bolsones 232
    •    Infracciones a empresas transportistas de residuos  por falta de habilitación 140
    •    Infracciones por arroje en lugar no autorizados 61
    •    Infracciones a propietarios de padrones por acopio de residuos 13
    •    Infracciones por arrojes en vía pública 224
    •    Inspecciones en locales comerciales 2.499
    •    Infracciones por no presentar DGRSND* 261
    •    Infracciones por incumplir DGRSND* 2.

*DGRSND: Declaración Jurada de Gestión de Residuos Sólidos No Domiciliarios.

Se continúa trabajando en:
    •    Tareas de control y fiscalización a través del sistema de Geocerca .
    •    Inspecciones de rutina en los transportistas de residuos.
    •    Fiscalización de carga en el Servicio Tratamiento y Disposición Final de Residuos.
    •    Control de funcionamiento del sistema de rastreo satelital de los vehículos.
    •    Relevamiento e inspecciones en establecimientos generadores de residuos no domiciliarios.

Más controles a Empresas Transportistas de Residuos


El objetivo es controlar que los servicios especiales de transporte de residuos realizado por empresas particulares, cumplan en su totalidad con la reglamentación en la materia dispuesta en la normativa departamental vigente.

Todas las empresas que transporten residuos en el departamento de Montevideo, deben contar con habilitación de recolección y transporte otorgado por la División Limpieza.

Los vehículos afectados a estas tareas deberán cumplir con las obligaciones tributarias nacionales y departamentales, estar debidamente identificados con nombre o razón social y teléfono, así como contar con la autorización para la disposición final de residuos.

Las habilitaciones de recolección y transporte que se otorguen son de carácter precario y revocable (Artículo D.1928,2).

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