Solicitud - Habilitación edilicia de local comercial y/o industrial
Solicitud - Habilitación edilicia de local comercial y/o industrial
Última actualización: 16.10.2024 - 18:16 | Responsable de esta información: Servicio de Contralor de la Edificación
Descripción
Requisitos
Nuevo asistente virtual de normativa de construcción
Está disponible una nueva plataforma de respuestas con inteligencia artificial donde podés consultar sobre tu proyecto de construcción para conocer los requisitos que exige la normativa departamental para ese caso.
Para acceder tenés que estar en el registro de personas técnicas de la Intendencia.
El profesional que ingresa la documentación debe estar inscrito en la base de datos de la Intendencia de Montevideo. Este debe generar un usuario para ingresar al sistema de gestión de habilitación.
Para acceder al sistema se requiere la Creación de Cuenta ID Uruguay (autorregistro).
- Debe reunir y controlar el contenido y vigencia de todos los documentos requeridos para la gestión de Habilitación previo a iniciar el trámite a través del Formulario Web.
- Envío de la totalidad de los recaudos en formato digital a través del formulario web, con las firmas digitales correspondientes en Planos y Certificado Notarial segun modelo adjunto (Modelo 7, Versión 2).
Los planos y recaudos no deberán ser ingresados en formato papel.
¿Cómo se hace?
Debe completar la información solicitada en el formulario web que se encuentra al final de es, adjuntando todos los requisitos documentales exigidos para el trámite de habilitación en el Manual de Recaudos del Servicio, así como los incorporados en las actualizaciones realizadas a través de comunicados difundidos en la página web de la Intendencia de Montevideo.
Una vez controlada la documentación por parte del Servicio, se enviará el resultado del análisis realizado.
Tener en cuenta
Este trámite es exclusivo para aquellas solicitudes que ingresaron de forma previa por el trámite "Inicio de habilitación de locales comerciales e industriales". Una vez finalizado podrá iniciar la habilitacion edilicia de así corresponder.
El correo electrónico proporcionado por el usuario a través del formulario web será la vía de comunicación habitual aceptada con el o la profesional solicitante del trámite.
La solicitud debe ser realizada por el o la profesional actuante responsable de la gestión.
El establecimiento debe estar instalado, ya que para poder ser inspeccionado y habilitado es necesario que se encuentre en actividad.
Según el destino que pretenda habilitar, en caso de corresponder, debe haber gestionado y obtenido con anterioridad la autorización de la implantación urbana a través de la Viabilidad de Uso del Suelo, Estudio de Impacto de Tránsito o Estudio de Impacto Territorial correspondiente, de acuerdo a lo establecido por el Plan de Ordenamiento Territorial Desarrollo Sostenible y Urbanismo (Vol IV). (Decreto 28242) y Normas Complementarias (Decreto 29118).
En todos los casos, las áreas a habilitar deben ser iguales o inferiores a las autorizadas en la Viabilidad de Uso o Estudio de Impacto Territorial aprobado, debiendo tener en cuenta que para el cálculo de áreas de debe considerar la totalidad del área involucrada, sumando la de muros, entrepisos, etc.
Todos los recaudos necesarios para la gestión de una habilitación se encuentran detallados en el Manual de Recaudos del Servicio de Contralor de la Edificación, y sus actualizaciones publicadas en comunicados difundidos a través de este sitio.
Se incorpora el cuadro de elementos constructivos que debe estar incuido en el margen derecho de los gráficos.
En el referido Manual, en la Especificación ESP-AU-01 "Requisitos documentales para la presentación de trámites en Atención Personalizada", mediante casilleros grises en un cuadro de doble entrada, pueden ser ubicados los documentos que es necesario presentar para la gestión a realizar, los que deben complementarse con los indicados en los comunicados difundidos.
La Resolución Nº 0149/22 estableció el nuevo reglamento de habilitaciones y registro de establecimientos industriales y comerciales.
En la misma, el artículo 8º establece las condiciones que se deben cumplir para que la habilitación mantenga vigencia, en tanto el artículo 9º establece las situaciones por las cuales se deberá gestionar una nueva habilitación o registro, entre las que se establece en el literal a) "modificaciones o reforma del local".
Las cuales, según los criterios establecidos, aplica en los siguientes casos:
- Ampliación o disminución de área.
- Modificaciones de áreas habilitadas a la interna de los locales que conforman el establecimiento que impliquen cambios en la distribución de los mismos a pesar de mantener condiciones de higiene y habitabilidad reglamentarias, o que varíen las condiciones de implantación impuestas.
- Modificación o ampliación del destino del establecimiento respecto al habilitado.
- Sustitución de elementos estructurales o constructivos que impliquen cambios en los materiales utilizados.
- Deterioro de las condiciones edilicias que afecten la habitabilidad e higiene delos ocales, o que pongan en riesgo y afecten a personas o bienes de terceros.
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