Exoneración - Solicitud de exoneración de deuda de Tarifa de Saneamiento generada por ocupantes morosos
Exoneración - Solicitud de exoneración de deuda de Tarifa de Saneamiento generada por ocupantes morosos
Última actualización: 21.04.2021 - 09:21 | Responsable de esta información: Comercial de Saneamiento
Descripción
La Tarifa de Saneamiento es abonada por los ocupantes a cualquier título en el departamento de Montevideo que hagan uso de las redes de saneamiento.
Este trámite podrá realizarse cuando la cuenta de Tarifa de Saneamiento presente una deuda generada por los anteriores ocupantes del inmueble, ya sean inquilinos morosos, intrusos o anteriores propietarios. La solicitud de exoneración de la deuda será por el período en que estos ocuparon el inmueble.
Para realizar este trámite el inmueble debe contar con una cuenta de tarifa de saneamiento individual, no debe estar compartida con otras unidades. Si el inmueble comparte el suministro de agua con otras unidades, tampoco se podrá realizar la exoneración de la deuda.
Requisitos
Formulario de Solicitud de Exoneración de Deuda completo con timbre profesional y original de los siguientes documentos:
- Título de propiedad, compraventa judicial, autos sucesorios o certificado notarial que acredite la propiedad del bien donde consten los datos de los compradores, vendedores y fecha de la transacción. En caso de remate judicial, copia del edicto del remate.
- Contribución Inmobiliaria al día.
- Tributos municipales al día.
- Contrato de arrendamiento. Rescisión del contrato o documento que pruebe la entrega de las llaves de la vivienda.
- Actuaciones judiciales en casos de desalojos o documentación probatoria donde figure fecha de desalojo de la vivienda en caso de ser intrusos.
- Factura de OSE, si hubiere.
- Si es representante o apoderado de persona física o jurídica, exhibir certificado notarial o poder que lo acredite. El poder debe estar acompañado por un certificado notarial aclarando que este se encuentra vigente y no existen revocaciones.
- Fotocopia de la Cédula de Identidad de quien hace el trámite, que puede ser el reclamante o apoderado.
- En todos los casos se debe proporcionar los datos de las personas físicas que se declaran como ocupantes morosos, aclarando nombres, apellidos y número de documento de identidad.
- Los certificados notariales deben tener menos de seis meses de expedidos al momento de ser presentados. Aquellos que indiquen que son para presentar ante la IM, quedaran en poder de la oficina
- En caso de que el ocupante moroso sea una persona jurídica, debe especificarse el número de inscripción ante la Dirección General Impositiva.
- Para poder realizar el trámite el inmueble debe contar con una cuenta de tarifa de saneamiento individual (no debe estar con otras unidades). Si el inmueble comparte el suministro de agua con otras unidades, tampoco se podrá realizar la exoneración de la deuda.
Enlace para el ingreso de la solicitud:
¿Cómo se hace?
Se realiza a través de la pagina web de la IM.
Tener en cuenta
Se debe presentar en Atención Presencial de la IM (Atrio Soriano) toda la documentación requerida y el formulario de exoneración completo con timbre profesional cuando se le solicite.
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¿Tiene costo?
No tiene costo