Solicitud - Certificado de saneamiento para compraventa de inmuebles

Solicitud - Certificado de saneamiento para compraventa de inmuebles

Última actualización: 23.02.2023 - 15:29 | Responsable de esta información: Certificado de Conexión al Saneamiento

Descripción

Trámite para solicitar certificado de conexión a saneamiento de acuerdo a lo establecido en la ley 18.840

¿Cómo se hace?

Se debe completar el formulario web. En caso de necesitar asistencia, puede concurrir a Atención a la Ciudadanía (edificio de la Intendencia, subsuelo por calle Soriano) con agenda previa en este sitio.

En el último paso del trámite aparecerá el número que identifica el mismo (SANCC-..-.....), y la factura para realizar el pago correspondiente. Una vez hecho el pago, la solicitud sigue en curso.

A partir del 23 de junio de 2022 se incluyó el cobro del timbre profesional en la factura .

Si la solicitud es aprobada recibirá, en un máximo de 5 días hábiles, un correo electrónico con un reporte (declaración jurada) que contiene la información aportada en el formulario web, la cual debe ser firmada por el declarante y enviada por mail acertificado.saneamiento@imm.gub.uy

Al momento de validar el certificado deberá presentar:

  • Dos copias impresas y firmadas de dicho reporte. Para estos documentos es necesaria la firma autógrafa del declarante.
  • Certificado notarial original con montepío en caso de que el declarante cuente con mandatario o apoderado, es decir, persona física con representante legal o persona jurídica.
  • Formulario anexo (si corresponde), con la firma autógrafa del declarante.

Por dudas o consultas comunicarse a los teléfonos 1950 int. 9811 9819, o al mail certificado.saneamiento@imm.gub.uy

Tener en cuenta

Si el espacio en cualquier campo no fuera suficiente, debe el interesado presentar además del certificado, el formulario de Anexo, el cual al igual que la solicitud de certificado, deberá ser por duplicado. En el mismo podrá también realizar aclaraciones o ampliaciones, tales como las necesarias para presentar un certificado para unidades en primera venta. El Anexo deberá ser firmado por la misma persona que firma el solicitud de certificado.

En el caso de que las unidades solicitadas en el certificado sean en primera venta, se debe adjuntar a la solicitud el formulario anexo detallando dichas unidades.

En el campo “unidad” del formulario web debe indicar “anexo”. A la hora de realizar la solicitud debe adjuntar el mismo. En esa instancia puede presentarse sin firma. Cuando envíe la declaración jurada firmada, también deberá enviar el anexo firmado por el mismo declarante.

El trámite tiene un plazo de cinco días hábiles a partir del pago.

En caso de requerir inspección al lugar, podría demorar hasta diez días hábiles.

Cuando la declaración se realiza mediante un representante se deberá adjuntar al formulario web un certificado notarial que controle que el poder existente se encuentra vigente y que la persona que firma cuenta con facultades suficientes para actuar. Además el mismo no debe contar con más de 30 días de expedido al inicio del trámite.

Luego de enviar el certificado de saneamiento firmado, el trámite quedará a estudio de Escribanía, que cuenta con 5 días hábiles para aprobarlo.

En todos los casos debe enviarse la declaración jurada firmada a certificado.saneamiento@imm.gub.uy

Los terrenos baldíos son los únicos excluidos por ley para la solicitud de este certificado.

Debe tramitarse un certificado para cada unidad ocupacional de propiedad horizontal. Las únicas excepciones habilitadas son la presentación en el mismo certificado de una unidad común y una cochera del mismo padrón, y la presentación de un único certificado para un padrón con unidades detalladas en anexo (solo en el caso de unidades en primera venta, formato de anexo disponible a continuación).

A partir del 01/06/2022 no se aceptará el formato de formulario anterior a la existencia del trámite web.

Por dudas o consultas comunicarse a los teléfonos 1950 int. 9811 y 9819.

¿Tiene costo?

Si tiene costo

Costo

1 UR (Decreto 35904 de la Junta Departamental, Resolución 2945/16)
Timbre profesional de $230 (valor hasta julio de 2023; se ajusta semestralmente)
El timbre profesional se cobra junto con el costo del sellado

¿Dónde se realiza personalmente?

Normativa relacionada

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