Solicitud - Homologación de licencia de conducir (categorías B, C, D, E, F, H y/o G3)
Solicitud - Homologación de licencia de conducir (categorías B, C, D, E, F, H y/o G3)
Última actualización: 03.10.2020 - 09:41 | Responsable de esta información: Contralor de Conductores
Descripción
Requisitos
Presentar Cédula de Identidad (vigente y en buen estado).
Presentar Licencia de Conducir (vigente).
Acreditar antigüedad como conductor habilitado (según la categoría a que se aspira).
Presentar análisis de sangre y orina con valores de glicemia, perfil lipídico y VDRL (de cualquier laboratorio habilitado de Uruguay y con seis meses máximo de realizado).
Presentar carné de acuna antitetánica (vigente).
Agendar turno para realizar evaluación psicofísica en IM (a través de botón de reserva o por teléfono al 1950 4000 op. 2).
Abonar en Tesorería.
Los usuarios que presenten alguna de las patologías aquí detalladas deben presentar los certificados médicos correspondientes:
Dislipemias (colesterol)
Diabetes (no insulino requiriente)
Hipertensión arterial
Tratamiento psiquiátrico
Apnea del sueño
Diálisis o insuficiencia renal
Afecciones neurológicas (epilepsia, temblores)
Cirugía de cataratas
Cirugía láser y/o lentillas (entre otras)
Afecciones osteomusculoarticulares
Los usuarios que utilizan lentes de contacto deben traer lentes de armazón obligatoriamente
Diabetes (si se trata de diabetes insulinorequiriente no puede obtener Categoría Profesional R.424.190)
Según la normativa vigente, ciertas patologías médicas son causales de denegatoria en categoría profesional. Asimismo, quienes a juicio del médico de la Intendencia presenten afecciones severas capaces de influir en las condiciones de aptitud y seguridad en el tránsito, pueden ser declarados NO APTOS en Categoría Profesional.
¿Cómo se hace?
Presentarse en la fecha y en el turno agendado, en módulo de informes de Contralor de Conductores, con los requisitos indicados.
Finalizada la etapa médica, debe agendar turno para examen teórico y/o práctico, según corresponda (se considerará el período de vigencia de la licencia extranjera como antigüedad).
En los casos de licencias emitidas en España o Italia (países con los cuales existe convenio), se procede al canje según la tabla de conversión acordada recíprocamente.
Tener en cuenta
Licencias del interior:
La homologación comprende las licencias vigentes, a las cuales les resta 1 año o más para vencer. (vencidas hasta dos años y/o próxima a vencer corresponde trámite de renovación).
Licencias del exterior
Países con lo cuales no hay convenio de canje (todos excepto España e Italia)
- antecedentes de licencia de conducir legalizado (otorgado en país de origen) y redactados en español (caso contrario deberá realizar la traducción)
- sólo se validarán en las categorías A, G1 y G2 (se reconoce su antigüedad)
- la licencia de conducir revalidada no será retenida.
Países con convenio de canje (España e Italia)
- antecedentes de licencia de conducir legalizado (otorgado en país de origen) y redactados en español (caso contrario deberá realizar la traducción)
- se revalidan en las catergorías que correspondan de acuerdo a la tabla de canje (en el caso de licencias profesionales deben realizar el examen psicofísico correspondiente a dichas categorías)
- la licencia de conducir revalidada debe ser retenida de acuerdo a lo establecido en los acuerdos.
En caso de que la licencia no especifique claramente qué vehículo/s habilita a conducir, se debe presentar un certificado de la embajada o consulado en el que conste esta información.
Para realizar cualquier tramite de licencia de conducir no se debe tener multas de tránsito impagas.