Solicitud - Presentación de documentación según nacionalidad y/o residencia de artistas o músicos en espectáculos públicos
Solicitud - Presentación de documentación según nacionalidad y/o residencia de artistas o músicos en espectáculos públicos
Última actualización: 21.02.2024 - 11:40 | Responsable de esta información: Ingresos Comerciales y Vehiculares
Descripción
Requisitos
- Artistas nacionales: Declaración Jurada y copia simple de documento de todos los artistas que participan en el evento (incluye artistas teloneros y artistas de atuación a modo de invitación). Para residentes en territorio nacional, además del formulario, se debe presentar certificado notarial acreditando que residen en Uruguay.
- Artistas Mercosur: Declaración Jurada acompañada de copia simple de la cédula de identidad, pasaporte u otro documento que acredite la nacionalidad y/o residencia de los artistas individuales o solistas, o de los conjuntos musicales de los países del MERCOSUR o Estado asociado.
- Artistas internacionales: Declaración Jurada y copia del pasaporte.
¿Cómo se hace?
Se debe reservar día y hora y presentar la documentación en el Servicio de Ingresos Comerciales y Vehiculares, ubicado en el edificio de la Intendencia, piso 1 y 1/2, sector Santiago de Chile, ó, enviarla acomerciales.espectaculos@imm.gub.uy.
La presentación de la documentación necesaria a los efectos de comprobar la nacionalidad ó residencia de los artistas ó músicos, y presentada en plazo, habilita a la liquidación del impuesto a los espectáculos públicos como corresponda según Decreto Nº38.262 y Resolución 4483/23.
Artistas ó Músicos Nacionales ó Residentes en Uruguay | Liquidación de impuesto según la siguiente escala (año 2024):
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Artistas Mercosur y Estados Asociados | Impuesto del 6% del precio de venta al público. a) Tratándose de artistas individuales o solistas, deben tener su residencia en alguno de los países del MERCOSUR o Estados asociados. En estos casos no se tendrá en cuenta el lugar de residencia de los músicos y artistas que lo acompañen. b) Tratándose de conjuntos musicales, que al menos el 70% de sus integrantes tengan su residencia en alguno de los países del MERCOSUR o Estado asociados. |
Artistas Internacionales | Impuesto del 8% del precio de venta al público. |
Por consultas dirigirse a comerciales.espectaculos@imm.gub.uy o llamar al 1950 interno 9537.
¿Tiene costo?
¿Dónde se realiza personalmente?
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Teléfono/s:1950 9534 / 9538 / 9537.Horario:Lunes a viernes de 10.15 a 15.45 horas