Publicado: 17.07.2014 - 19:24 | Última actualización: 17.11.2020 - 15:49
Inspección y Tecnología Alimentaria
Inspección y Tecnología Alimentaria.
Funciones
- Realizar inspecciones de fábricas, locales de venta, distribución, expendios, dépositos de alimentos, materias primas, envases y vehículos.
- Controlar los informes del cuerpo inspectivo sobre las inspecciones realizadas, intervención y/o decomiso de productos, materias primas y envases que se encuentren en infracción de las disposiciones bromatológicas vigentes.
- Asesorar a las empresas sobre aspectos técnicos relacionados con las empresas alimentarias.
- Informar los resultados de las inspeciones de locales comerciales que trabajan con alimentos para su habilitación o la adopción de plazos y/o sanciones según corresponda.
- Sugerir observaciones, plazos y/o sanciones cuando se detecten irregularidades en el cumplimiento de la normativa vigente.
- Instrumentar impedimentos de funcionamiento de empresas de acuerdo a la reglamentación vigente.
- Procesar denuncias que ingresen por el Centro de Información al Consumidor (CIC).
- Intervenir en el sistema VETA (Vigilancia Epidemiológica de Enfermedades Trasmisibles por Alimentos) inspeccionando locales sospechosos de estar involucrados en intoxicaciones alimentarias.
Marco legal y reglamentario
- Decreto 27.235 (12/09/96) actualizado en 2000. Ordenanza Bromatológica de la Intendencia de Montevideo (OBM).
- Por Dto. Nº 33.493 de la Junta Departamental de Montevideo.
- Resolución 3912/10 de 30 de agosto de 2010 (enlazar a aplicación).
- Decreto 315/94 (05/07/94) Reglamento Bromatológico Nacional (RBN), actualizado en 2002.
- Res. Nº 1000/96 del 14 de marzo de 1996 y Res. Nº 796/98 del 16 de marzo de 1998. Reglamento para transporte de alimentos. IMM.
- Res. Nº 2728/96 (del 17/06/96) y Res. Nº 2040/97 del 09/06/97. De los quioscos rodantes de venta de alimentos en la vía pública.
Soporte en normas regionales e internacionales
- Norma Mercosur 96/80. Reglamento Técnico Mercosur sobre condiciones higiénico sanitarias y buenas prácticas de fabricación para establecimientos elaboradores/ industrializadores de alimentos (GMP).
- CAC/RCP A-1969, rev. 1997,ad 199 - Codex Alimentarius "Código de Prácticas Internacionales Recomendadas para los Principios Generales de Higiene de los Alimentos".
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