Solicitud - Adecuación tributaria por desistimiento de propiedad horizontal

Solicitud - Adecuación tributaria por desistimiento de propiedad horizontal

Última actualización: 21.04.2021 - 09:22 | Responsable de esta información: Catastro y Avalúo

Descripción

Trámite para notificar a la IM que se ha dado de baja un padrón en régimen de propiedad horizontal (desafectación de propiedad horizontal, desistimiento), pasando a régimen común. Esta información actualiza la base corporativa departamental y el Sistema de Información Geográfica.

Requisitos

El padrón resultante del desistimiento debe estar vigente para la Dirección Nacional de Catastro.

Plano de mensura atento a lo dispuesto en el literal B del Art 14, de la Ley 16.871 del 28/09/1997, Desafectación del Régimen de Propiedad Horizontal (adjuntar si no está visible en la página de Dirección Nacional de Topografía).

En caso de no ser propietario / poseedor del inmueble, debe adjuntar carta o poder notarial, firmado por este, que habilite al representante a iniciar el trámite.   

¿Cómo se hace?

Mediante formulario web.

Tener en cuenta

El Servicio de Catastro y Avalúo actualiza los desistimientos de propiedad horizontal de oficio, por lo tanto, consulte antes de iniciar el trámite (1950 1181).

En caso de no ser propietario / poseedor del inmueble, debe adjuntar carta o poder notarial, firmado por este, que habilite al representante a iniciar el trámite.

En el paso dos (documentación):

  • Si el plano no es visible en la página de la Dirección Nacional de Topografía, debe proporcionar una copia escaneada o fotografiada.

  • En "observación" detallar números de padrones involucrados en la baja de propiedad horizontal (anterior y resultante) y lo que considere necesario.

¿Tiene costo?

No tiene costo

¿Dónde se realiza personalmente?

Normativa relacionada

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