Enviado por im4248771 el
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Normativa aplicable: Texto Ordenado de Sucive 2020, Artículo 18 y Resolución de la Intendencia de Montevideo 1613/20
"Prescripción de oficio
El derecho al cobro del tributo de patente de rodados y sus conexos, para todas las Intendencias, prescribirá a los diez (10) años contados a partir de la terminación del año civil en que se produjo el hecho gravado. La prescripción se interrumpirá cuando por acto administrativo firme así lo disponga el Gobierno Departamental." Más información https://montevideo.gub.uy/tramites-y-tributos/solicitud/prescripcion-de-deuda-de-patente-de-rodados
Trámite/tributo que refiere:
Patente de rodados
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