Resolución N° 4462/14
Nro de Expediente:
5112-002688-14
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
7/10/2014


Tema:
COMPENSACIONES ADICIONALES

Resumen:
Se aprueba sistema de pago de remuneraciones de la Unidad Comedia Nacional dependiente de la División Promoción Cultural, del Departamento de Cultura.-

Montevideo, 7 de Octubre de 2014.-
 
        VISTO: la necesidad de actualizar la normativa de la Unidad Comedia Nacional dependiente de la División Promoción Cultural del Departamento de Cultura;
        RESULTANDO: 1º.) Que por Resoluciones Nros. 13.277/86 y 13.278/86 de fecha 27 de noviembre de 1986, se aprobó el reglamento interno y las condiciones generales a las que debían ajustarse las contrataciones de los integrantes del elenco de la Unidad Comedia Nacional.-
        2º.) Que por Resolución Nº 828/88 de fecha 10 de febrero de 1988 se modificaron los Art. 1º y 3º de la Resolución N 13.278/86 de fecha 27 de noviembre de 1986, estableciéndose la exclusividad de los servicios prestados por los/as funcionarios/as contratados/as como integrantes de la Comedia Nacional así como las retribuciones extraordinarias en ocasión del desempeño de determinadas tareas además de las establecidas en los contratos;
        CONSIDERANDO: que al transcurso del tiempo del dictado de las referidas resoluciones, los Departamentos de Cultura y de Gestión Humana y Recursos Materiales, consideran pertinente el dictado de una nueva resolución que recoja las nuevas realidades del funcionamiento de la referida Unidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE :
        1º.- Aprobar el siguiente sistema de pago de remuneraciones:
          Art 1º Todo/a funcionario/a contratado/a para prestar funciones en la Unidad Comedia Nacional, lo hará en forma exclusiva, en la condiciones indicadas en la Resolución de contratación de ingreso a la Administración Departamental y de conformidad con la normativa Departamental vigente.-
          Art 2º Las excepciones a la exclusividad prevista en el artículo anterior, deberán ser autorizadas en cada caso en forma expresa y por vía de excepción, debiéndose presentar solicitud de autorización fundamentada ante la Dirección General y Artística quien las elevará a efectos de ser aprobadas por la Dirección General del Departamento de Cultura.-
          Art 3º Todo/a funcionario/a de la Intendencia de Montevideo en ocasión de desempeñar funciones en la Unidad Comedia Nacional, que excedan y difieran de las de su cargo presupuestal o funciones de contrato, serán remunerados por medio de un pago excepcional como una compensación por dicha tarea extraordinaria en base a la siguiente tabla:
          Tabla de Compensaciones para la Retribución de Funciones Extraordinarias de la Comedia Nacional (FE)
          RUBRO
          CONCEPTO SIR 6HS
          COMPENSACION
          FORMA DE PAGO
          Dirección
          70 % de la suma de dos salarios base de 6 hs. Grado SIR 16
          $73.481,00
          Única vez
          Diseño Vestuario o Escenografía
          Relación con 1 salario del Grado SIR 14
          $41.945
          Única vez
          Diseño de Luces
          SIR 12
          $33.557
          Única vez
          Diseño de Espacio Escénico o Ambientación Escénica
          SIR 9
          $25.020
          Única vez
          Un Músico Ejecutante en vivo
          SIR 5
          $18.703
          Por mes
          Músico Ejecutante en vivo c/u
          $12.000
          Por mes
          Un músico en Grabación
          $4.000
          Única vez
          Músicos en Grabación c/u
          $3.000
          Única vez
          Música Compuesta
          SIR 5
          $18.703
          Única vez
          Música (recopilada y/o arreglada)
          $11.000
          Única vez
          Maestro preparador (Esgrima, coreografía, canto, etc.)
          SIR 5
          $18.703
          Única vez
          Diseño de caracterización (Maquillaje o Máscaras)
          SIR 1
          $15.850
          Única vez
          Traspunte, Apuntador y/o Sonido
          SIR 1
          $15.850
          Por mes
          Autor Nacional
          SIR 12
          $33.577
          Única vez
          Traducción
          SIR 1
          $15.850,00
          Única vez
          Art 4º La necesidad de funcionarios/as presupuestados o contratados/as que establece el artículo anterior, deberá realizarse a propuesta del Consejo Artístico y de la Dirección General y Artística de la Comedia Nacional, en base a la planificación semestral, en ejercicio de los cometidos establecidos en la Resolución Nº 5074/06 de fecha 29 de noviembre de 2006, la que deberá elevarse a la Dirección General del Departamento de Cultura, para su aprobación y su posterior envío al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, para el dictado de la Resolución por parte de la Intendenta.-
          Art 6º La planificación semestral referida en el artículo anterior, deberá ajustarse a cupos establecidos por el Departamento de Cultura en acuerdo con el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales para la dirección de obras y para el desempeño de funciones técnicas.-
          Art 2º Se considerará el primer período de aplicación de la presente Resolución, el generado desde la vigencia de la Resolución hasta el 30 de junio del 2015;
          Art 7º En los casos en que un/a funcionario/a desempeñe más de una tarea extraordinaria en el año, la segunda y siguientes se abonarán a un valor del 50% de acuerdo a la Tabla del artículo 3º.-
          Art 8º Los/as funcionarios/as seleccionados para realizar las tareas extraordinarias referidas en los artículos 3º y 4º, deberán cumplir además las funciones inherentes a su propio cargo presupuestal o función de contrato.-
        2º.-Comuníquese a los Departamentos de Cultura y de Recursos Financieros, a la División Administración de Personal, a los Servicios de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana y de Liquidación de Haberes, a la Unidad Información de Personal y previa intervención de la Contaduría General pase a la Unidad Comedia Nacional, a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-