Solicitud - Cambio de titular en libreta de circulación por parte del vendedor (vehículos con afectación Particular, Transporte Profesional de Carga y Turismo)
Solicitud - Cambio de titular en libreta de circulación por parte del vendedor (vehículos con afectación Particular, Transporte Profesional de Carga y Turismo)
Última actualización: 06.02.2024 - 12:37 | Responsable de esta información: Contralor y Registro de Vehículos
Descripción
Cambio de titular en la libreta de circulación por parte del vendedor (solo para vehículos con afectación Particular, Transporte Profesional de Carga y Turismo).
Requisitos
- Formulario completo y firmado por quien realiza el trámite, con cédula de identidad, pasaporte o carné diplomático vigente.
- El formulario debe estar firmado por el titular o titulares.
- Patente al día sin deudas por trámites, multas de tránsito ni otro tipo de adeudo que se encuentre pendiente de pago (ej: peajes, cuotas vencidas de convenios, etc), a la fecha de entrega de la posesión.
Para vehículos registrables (automóvil, camioneta camión, etc.) se debe adjuntar alguna de estas cuatro opciones:
- Testimonio notarial por exhibición del Título de Propiedad, Compraventa o Compromiso de compraventa, estos documentos serán válidos si tienen las firmas certificadas por escribano público y se expresa que se realizó la entrega del vehículo a favor del comprador o promitente comprador (Art. 182.3 TOTID).
- Certificado registral de la Dirección General de Registros.
- Certificado registral de la Asociación de Escribanos del Uruguay
- Certificado Notarial donde conste la fecha de la enajenación, datos de el/los adquiriente/s (nombre, número de documento y domicilio), datos de inscripción en el registro de automotores (si existiese) y nombre del escribano interviniente.
Para vehículos no registrables (moto, triciclo, remolque, semiremolque, etc.) se debe adjuntar alguna de estas dos opciones:
- Testimonio Notarial por exhibición de Compraventa o Compromiso de compraventa, estos documentos serán válidos si tienen las firmas certificadas por Escribano Público y se expresa que se realizó la entrega del vehículo a favor del comprador o promitente comprador (Art. 182.3 TOTID).
- Certificado Notarial en el que se certifique que el vehículo no registrable fue enajenado y que se realizó la entrega del vehículo a favor del comprador o promitente comprador. El certificado debe contar con los siguientes datos:
- Datos completos de comprador y vendedor, debiendo ser el vendedor quien figure como titular en el sistema SUCIVE.
- Datos completos del vehículo
- Fecha de la enajenación (el vehículo debe estar al día a la fecha de enajenación o traspaso de posesión)
Otras opciones de actuación
- Si quien concurre a gestionar el trámite no es el interesado, debe presentar fotocopia de alguno de los siguientes documentos vigentes del titular o titulares:
- Cédula de identidad
- Pasaporte
- Carné diplomático
- En caso de que el titular sea menor de edad, debe presentar libreta de matrimonio de los padres o partida de nacimiento del menor (original y fotocopia) junto con la solicitud firmada por ambos padres y fotocopias de ambas cédulas de identidad vigentes.
- En caso de fallecimiento del titular se debe presentar original y fotocopia de una de estas dos opciones:
- Certificado de Resultancia de Autos (CRA). El formulario deberá estar firmado por uno de los herederos, adjuntando fotocopias de cédula de identidad vigente de todos los restantes (si los hubiera) según artículo D.582 Volumen V.
- Certificado notarial de presuntos herederos. El formulario deberá estar firmado por todos los presuntos herederos y presentar las fotocopias de sus respectivas cédulas de identidad vigentes.
- Cuando el firmante sea tutor/curador debe presentar tutela/curatela (original y fotocopia).
- En caso de actuar por poder, debe estar certificado por escribano público (original y fotocopia) con vigencia menor a un año por Res. 1680/97.
- Cuando el titular del vehículo es una empresa debe presentar una de estas opciones:
- Certificado notarial (original y fotocopia) con vigencia menor a un año por Res. 1680/97, donde conste: nombre de la empresa, número de RUT, persona autorizada a firmar, su número de cédula de identidad y fotocopia vigente de esta.
- En caso de actuar por poder debe estar certificado por escribano público (original y fotocopia) con vigencia menor a un año por Res. 1680/97 donde conste: nombre de la empresa; número de RUT; persona autorizada a firmar, su número de cédula de identidad y fotocopia vigente de esta.
- En el caso particular de empresas unipersonales o sociedades de hecho, basta solo con presentar copia de tarjeta de RUT versión 6351 o Certificado Único de DGI.
¿Cómo se hace?
Paso 1
Agenda para gestorías y automotoras
Las gestorías y automotoras deben agendarse en este enlace. (Para realizar trámites a terceros, es necesario estar registrado en el Servicio de Compras).
Agenda para particulares
Los particulares pueden reservar hora en la agenda específica para particulares, llamando al 1950 4000 opción 2 o por Whatsapp escribiendo al 099 019 500.
Paso 2
Presentarse con toda la documentación requerida, el día y hora otorgada.
Este trámite también se puede realizar online enviando la documentación por correo electrónico a transferencias.vehiculos@imm.gub.uy. Luego de ser verificada se enviará el comprobante del trámite realizado por correo electrónico.
Tener en cuenta
- Toda certificación notarial debe presentar timbre correspondiente (excepto las que estén exoneradas).
- En caso de no presentar alguno de estos requisitos no se puede realizar el trámite.
- Por más información contactarse al correo vehiculos@imm.gub.uy
Descargas
¿Tiene costo?
Si tiene costo
Costo
Libreta de circulación: $ 1.620,82 (Atención: Los valores se ajustan en enero de cada año).
El costo es solo para el comprador al retirar la nueva libreta de circulación.
¿Dónde se realiza personalmente?
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Dirección:PEDERNAL 2219Teléfono/s:1950 4000 opcion 2 .Horario:De lunes a viernes de 09:15 hs. a 16:00 hs.