Solicitud - Empadronamiento de vehículos importados
Solicitud - Empadronamiento de vehículos importados
Última actualización: 10.01.2023 - 15:24 | Responsable de esta información: Contralor y Registro de Vehículos
Descripción
Requisitos
- Formulario completo y firmado por quien realiza el trámite, con cédula de identidad, pasaporte o carné diplomático vigente.
- El formulario debe estar firmado y sellado por el vendedor y/o importador (cuando no sea una importación directa), con los datos del vehículo, firmado por él/ellos.
- En caso de que el vendedor sea una persona particular se debe adjuntar fotocopia de cédula de identidad vigente y boleta (original y fotocopia) a su nombre.
- El formulario debe estar firmado por el titular o titulares.
- Presentar copia vigente del Seguro Obligatorio según Ley Nº 18.412 (SOA) con los datos del vehículo.
- Se debe presentarse el vehículo al momento de realizar el trámite.
Previamente, se debe completar la solicitud del permiso de circulación gratuito, que será enviada por correo electrónico una una vez aprobada. Esta modalidad no aplica para motocilcetas ni afines.
Para tramitar este permiso también se puede concurrir a Pedernal 2219 a retirarlo, presentando carta o boleta de la empresa donde figuren los datos del vehículo. Esta modalidad sí aplica para motocicletas y afines.
Casos especiales
Si quien concurre a gestionar el trámite no es el interesado debe presentar fotocopia de alguno de los siguientes documentos vigentes del titular o titulares:
- Cédula de identidad
- Pasaporte
- Carné diplomático
En caso de que el titular sea menor de edad debe presentar libreta de matrimonio de los padres (original y fotocopia), o partida de nacimiento del menor (original y fotocopia) junto con la solicitud firmada por ambos padres y fotocopias de ambas cédulas de identidad.
Cuando el firmante sea tutor/curador debe presentar tutela/curatela (original y fotocopia).
En caso de actuar por carta poder debe estar certificada por escribano público (original y fotocopia) con vigencia menor a un año por Res. 1680/97.
Si es taxímetro, escolar, ambulancia o remise debe consultar el trámite de empadronamiento de vehículos destinados a servicio público.
Si es por contrato leasing se debe presentar fotocopia, donde deben estar detallados los datos del vehículo, motor o chasis.
Los vehículos importados por Ley 17887 Artículo 2 inciso D no están autorizados para libre circulación y son solo empadronados para exhibición y competencia. No pueden ser enajenados por el término de 48 meses a partir del ingreso al país.
En el caso de empadronamientos de vehículos municipales (chapas SIM), deben presentar resolución de adjudicación o imagen del sistema SIAB con el número de orden de compra.
Cuando el titular del vehículo es una empresa debe presentar una de estas opciones:
- Certificado notarial (original y fotocopia) con vigencia menor a un año por Res. 1680/97, donde conste: nombre de la empresa; número de RUT; persona autorizada a firmar, número de cédula de identidad y fotocopia de esta; fotocopia de tarjeta de RUT o versión 6351 de RUT.
- En caso de actuar por carta poder, debe estar certificada por escribano público (original y fotocopia) con vigencia menor a un año por Res. 1680/97. En este caso no es necesario presentar RUT o versión 6351 de RUT.
¿Cómo se hace?
- Reservar hora a través del teléfono 1950 4000 opción 2, o a través de este sitio.
- Presentarse con toda la documentación requerida, el día y hora otorgada.
Empadronamiento en línea Sucive:
Para los vehículos nuevos importados se puede realizar este trámite a través de la página web de Sucive.
Por consultas enviar un correo a empadronamientos@imm.gub.uy
Tener en cuenta
- Toda certificación notarial debe presentar timbre (excepto las que estén exoneradas).
- Todos los poderes deben tener vigencia menor a un año por Res. 1680/97.
- La documentación a presentar en fotocopia debe ser en blanco y negro, estar legible y en tamaño A4 (hoja común).
- En caso de no presentar alguno de estos requisitos no se podrá realizar el trámite.
- Para los vehículos que se amparen al Decreto 36.197 de la Junta Departamental de Montevideo (transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados contratados a través de plataformas electrónicas), según el Artículo 3, solo podrán ser permisarios personas físicas; por lo que el empadronamiento debe estar a nombre de una persona física con Cédula de Identidad vigente.
- Por más información contactarse al correo vehiculos@imm.gub.uy.
¿Tiene costo?
Costo
¿Dónde se realiza personalmente?
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Dirección:PEDERNAL 2219Teléfono/s:1950 4000 opcion 2 .Horario:De lunes a viernes de 09:15 hs. a 16:00 hs.


