Solicitud - Descargo de contravenciones de tránsito
Solicitud - Descargo de contravenciones de tránsito
Última actualización: 31.05.2023 - 14:05 | Responsable de esta información: Inspección de Tránsito
Descripción
Requisitos
La documentación a presentar dependerá de quién realice el trámite o del método que utilice para hacerlo.
Presentación de descargos mediante formulario web:
Solo podrá presentar el trámite el titular del vehículo que figure en los registros de la Intendencia en la que se encuentre matriculado el vehículo (quien figura en el documento del vehículo) o el conductor notificado por el inspector que consta en la boleta.
Los requisitos en este caso son:
Formulario web completo, incluyendo la cédula de identidad vigente y Documento de Identificación Vehicular (libreta de propiedad).
Titular registral en la Intendencia y conductor notificado también pueden realizar el trámite de forma presencial, para lo cual deben presentar los originales a efectos de escanearlos o traerlos en una unidad de almacenamiento tipo pendrive.
Presentación de descargos en forma presencial en el Centro de Atención a la ciudadanía, en los CCZ o municipios:
Además de los incluidos en el ítem anterior, podrán realizar el trámite:
- Propietario, promitente comprador, adquirente en subasta pública o poseedor.
- Representante.
- En caso de ser el propietario, promitente comprador, adquirente en subasta pública o poseedor debe presentar:
- Formulario web completo (incluye la obligatoriedad de Cédula de Identidad vigente y Documento de Identificación Vehicular ("libreta de propiedad").
Documentación que acredite la propiedad del vehículo*.
Licencia de conducir vigente.
Documentación probatoria del testimonio brindado en el formulario de descargos (no excluyente para realizar el trámite).
*Si no figura como titular registral (de acuerdo al Registro de Vehículos de la Intendencia), debe presentar para cada caso:
Propietario: Título.
Poseedor: Certificado notarial en el que un escribano certifique que la persona es de su conocimiento y que es poseedora del vehículo desde determinada fecha.
El mejor postor en remate aprobado judicialmente o realizado por organismos públicos: Oficio del rematador o juzgado.
Promitente comprador cuyo compromiso tenga firmas certificadas por escribano público: documento compraventa con firma certificada por escribano.
- En caso de ser representante legal, debe presentar, además de los requisitos mencionados en el apartado anterior:
Carta poder certificada por escribano público (menos de un año de antigüedad) que lo habilite a representar al titular, propietario, promitente comprador, adquirente en subasta pública o poseedor del vehículo.
¿Cómo se hace?
El trámite puede ser iniciado de la siguientes formas:
- A través del formulario web.
- De forma presencial en Servicio de Atención a la Ciudadanía reservando hora en este sitio.
En el caso de solicitar asistencia para completar el formulario web, se puede solicitar asesoramiento en la odifcina de Atención a la Ciudadanía (edificio sede de la IM, atrio de calle Soriano) en el horario de 10 a 16.
Plazo para la presentación de descargos:
Diez días contados desde la fecha de notificada la contravención.
Podrán realizar el trámite:
- Titular, propietario o poseedor del vehículo.
- Conductor identificado en el intervenido de la infracción.
- Tercero en representación.
Tener en cuenta
- Es importante que se adjunten elementos que puedan aportar a la resolución del caso; fotografías del vehículo, constancias o certificados y todo aquello que entienda pertinente.
- Si la contravención fue abonada y el dictamen de la gestión resulta favorable para el interesado/a, se procederá a la devolución del importe correspondiente a través de la Red de cobranzas.
- Si quien realiza el trámite es un representante es necesario presentar una carta poder certificada por escribano público (original) con vigencia menor a un año (Resolución Nº 1680/97) para cobrar la devolución.
- Si la infracción no fue abonada se dará de baja.
- La Comisión Asesora de Descargos dispone de 30 días para estudiar el petitorio y expedirse al respecto (Artículo R.424.227.4).
- La resolución será notificada por el Correo Uruguayo para las matrículas de Montevide, y por el Diario Oficial para matrículas de otros departamentos y vehículos de Montevideo sin domicilio en SUCIVE.
- Luego de la resolución de la Administración, si el peticionante entiende que debe continuar con el reclamo corresponde continuar con la vía recursiva (la normativa no permite presentar un descargo por la misma contravención mas de una vez).
- Si completa el formulario web recuerde conservar la identificación del trámite para futuras consultas (la codificación de la identificación es: MOVAC-21-123456).
¿Tiene costo?
¿Dónde se realiza personalmente?
-
Teléfono/s:1950 7444 (sector administrativo).Horario:Lunes a viernes de 10.15 a 15.45 horas


