Publicado: 03.05.2019 - 15:29 | Última actualización: 04.03.2022 - 10:13

Concejos vecinales

Los concejos vecinales son organizaciones sociales, privadas y autónomas, integradas por vecinos y vecinas. Están regulados por la Junta Departamental de Montevideo y reconocidos por el gobierno departamental y municipal.

Fueron creados en 1993, funcionan como portavoces de las necesidades, demandas y propuestas del barrio ante las autoridades nacionales y municipales. Los concejales vecinales trabajan honorariamente. Pueden ser personas interesadas por su zona y representantes de organizaciones sociales, religiosas, culturales o deportivas. Se ubican entre los primeros actores que iniciaron y facilitaron el proceso de descentralización en el departamento de Montevideo adquiriendo representatividad a partir de elecciones vecinales directas por voto secreto.

INTEGRACIÓN

Cada Concejo Vecinal tiene entre 15 y 40 miembros. La modalidad de integración es determinada por cada concejo. Pueden participar en ellos las organizaciones vecinales, sociales, culturales, deportivas, vecinos y vecinas que contribuyan al fomento barrial.

Ver integrantes

COMETIDOS

Sus competencias reconocidas legalmente son:

  • derecho de iniciativa y capacidad de propuestas en planes, proyectos y programas de interés local;
  • asesoramiento al gobierno departamental y municipal;
  • colaboración en la gestión nacional, departamental y municipal;
  • organización, promoción y desarrollo de actividades de interés local y participación en la evaluación de la gestión.

Actúan como agentes de desarrollo en sus territorios, construyendo una visión integral de este, y promueven la articulación de diversos actores sociales, deportivos, religiosos, culturales, sindicales, entre otros.

FUNCIONAMIENTO

Los concejos funcionan a través de dos órganos: el plenario, que es el órgano máximo, y la Mesa Ejecutiva, que se encarga de llevar a cabo lo resuelto en el Plenario. Además en el Concejo existen las comisiones permanentes que tienen cometidos específicos y son creadas en el Plenario. Los plenarios y las comisiones permanentes del concejo vecinal son públicos. Los titulares tendrán voz y voto, mientras que el resto de los participantes no podrán votar pero sí hacer uso de la palabra, siempre y cuando el concejo vecinal lo tenga así definido.

HECHOS HISTÓRICOS

A lo largo de su historia los concejos vecinales han participado activamente en la formulación de los planes quinquenales, planes estratégicos de desarrollo zonales, foros de debate ciudadano sobre la realidad y el futuro de Montevideo, evaluaciones sobre la marcha del proceso de descentralización, debates temáticos sobre salud, infancia, patrimonio histórico, ordenamiento territorial, vialidad, realizando aportes específicos y locales a través de una mirada global, como en las Mesas de Convivencia y Seguridad Ciudadana. Además en 2005 se promovió desde los concejos vecinales la gestación del Movimiento de Usuarios de la Salud con apoyo del Ministerio de Salud.

Compartir esta página
Dependencia responsable: 
Piso 2 sector Soriano, puerta 2 075
1950 9661 / 9662
dialogo.participativo@imm.gub.uy
Lunes a viernes de 10 a 16 horas
Ir al Facebook de la Intendencia de Montevideo
Ir al Twitter de la Intendencia de Montevideo
Ir al Instagram de la Intendencia de Montevideo
Ir al canal de Youtube de la Intendencia de Montevideo