Movilidad

Última actualización: 22.03.2023 - 16:35

Cometido

  1. Regular y controlar el tránsito del departamento de Montevideo.
  2. Organizar y regular la circulación de personas y vehículos en las vías públicas del departamento.
  3. Organizar y regular el estacionamiento de los vehículos en la vía pública.
  4. Proceder a la señalización del tránsito y determinar en materia de reservas de espacio y de estacionamiento, así como otorgar permisos de entarimado en la vía pública.
  5. Organizar y llevar a cabo la vigilancia del tránsito.
  6. Organizar y llevar a cabo la vigilancia del estacionamiento de vehículos en la vía pública.
  7. Realizar campañas de educación de la población en relación con la observancia de las reglas de tránsito.
  8. Organizar y mantener un registro de accidentes de tránsito a nivel departamental.
  9. Planificar el ordenamiento del tránsito vehicular en transportes individuales, colectivos o de carga.
  10. Regular los servicios de transporte colectivo de pasajeros o de carga, la modificación de sus recorridos, el establecimiento de paradas de ascenso y descenso de pasajeros, cumplimiento de horarios y frecuencias, precio de los servicios.
  11. Vigilar el cumplimiento de los recorridos, horarios y frecuencias de las líneas de transporte colectivo de pasajeros.
  12. Regular el transporte individual de pasajeros por vehículos con taxímetros, remises u otros de similar naturaleza.
  13. Controlar los servicios interdepartamentales de transporte de corta y larga distancia en coordinación con los organismos nacionales competentes.
  14. Regular el transporte colectivo de pasajeros en el caso de escolares o turismo departamental.
  15. Realizar el control documentado, autorización de sustituciones y transferencias de permisos de vehículos afectados al transporte colectivo urbano de pasajeros.
  16. Informar sobre la instalación de locales industriales y comerciales desde el punto de vista de su afectación al tránsito.
  17. Otorgar licencia para conducir a quienes reúnan los requisitos exigidos por la normativa departamental vigente.
  18. Regular la enseñanza de conducir.
  19. Organizar y mantener el Registro de Conductores de vehículos.
  20. Efectuar el empadronamiento o reempadronamiento de vehículos y registrar sus modificaciones.
  21. Autorizar el cambio de titularidad fiscal de los vehículos.
  22. Organizar y mantener el Registro de Vehículos.
  23. Verificar el estado de los vehículos que circulen en el departamento controlando sus condiciones de funcionamiento.
  24. Otorgar permisos a cuidadores de vehículos.
  25. Realizar los exámenes médicos y sicológicos para conductores profesionales y para conductores amateurs mayores de 65 años y para todo conductor de riesgo que así lo determine la División Tránsito y Transporte.
  26. Realizar la certificación médica correspondiente a discapacitados (trámite para coches adaptados y pase libre tránsito).
  27. Desarrollar exámenes específicos de aptitud psicofísica para diferentes tipos de conductores, adecuándolos a las necesidades que surgen de la siniestralidad en el tránsito.
  28. Aplicar sanciones por infracción a la normativa departamental de tránsito.
  29. Difundir la normativa de tránsito relacionada con la seguridad vial y la reducción de la siniestralidad, entre los diferentes actores en la vía pública.
  30. A través del Gerente de Tránsito:
  • Supervisar el funcionamiento del tránsito público dentro del departamento de Montevideo.
  • Monitorear el contralor de los vehículos y personas que se desplazan en las vías públicas. 
  • Asesorar sobre las distintas acciones tendientes a mejorar la seguridad en el tránsito, propiciando las medidas tendientes a la reducción de la siniestralidad.
  • Oficiar de vínculo respecto de las competencias propias en materia de tránsito entre la División Tránsito y Transporte y sus servicios y unidades con competencias en la materia.

Ubicación

Piso: 
2
Sector: 
Santiago de Chile
Número de puerta: 
2009

Contacto

Teléfono: 
4786 /4787
Correo electrónico: 
movilidad@imm.gub.uy
Reclamos, sugerencias, reconocimientos, consultas: 

Días y horarios de atención al público

Lunes a viernes de 10 a 16 horas

Responsable

Pablo Inthamoussu

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